El eco de una vieja herida volvió a resonar en los tribunales federales de La Plata. Siete años después de los operativos que derivaron en la detención de los feriantes del Parque Saavedra, la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones decidió reabrir la causa que investiga espionaje ilegal y torturas sufridas en la Delegación local de la Policía Federal Argentina (PFA).
Con esta resolución, el tribunal revocó el archivo que había dispuesto el juez de primera instancia, Alejo Ramos Padilla, y ordenó que la pesquisa continúe.
Los hechos denunciados: espionaje y vejaciones
La causa gira en torno a dos núcleos de hechos. El primero refiere a maniobras de inteligencia ilegal desarrolladas entre el 25 de octubre y el 4 de diciembre de 2018. Según las querellantes, fueron víctimas de seguimientos, consultas a bases de datos y tareas encubiertas sin ninguna orden judicial previa. La denuncia apuntó no solo a policías federales -entre ellos Lionel Julita, Walter Bertuzzi, Miguel Cunicella y Sergio Agüero-, sino también a funcionarios municipales de entonces: el secretario de Políticas Públicas Rubén Ganduglia (hoy concejal) y el subsecretario de Seguridad Fernando Padován, en la actualidad fiscal de delitos culposos.
Juicio feriantes Parque Saavedra
Los feriantes tienen su absolución confirmada por Casación, se descartó cualquier delito y buscan justicia en el fuero Federal de La Plata.
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El segundo núcleo abarca las condiciones de detención que sufrieron las feriantes Alicia Lauge y Claudia Monti entre diciembre de 2018 y mediados de 2019. Ambas relataron ante la Justicia un catálogo de tormentos: negación de acceso al baño, burlas y humillaciones, exposición forzada a la desnudez, abusos físicos como quemaduras con agua caliente, suministro de medicación inadecuada y privación de atención médica. También denunciaron el hacinamiento en celdas precarias, con humedad, colchones sucios, cámaras apuntando al interior y falta total de ventilación y luz solar.
Archivo cuestionado y apelación en La Plata
En 2023, Ramos Padilla había dispuesto el archivo de ambas denuncias. Respecto del espionaje, consideró que las tareas de la PFA fueron ordenadas por una fiscal y, por tanto, no podían configurarse como ilegales. En cuanto a las torturas, entendió que había "imposibilidad de proceder" por falta de pruebas concretas, subrayando que el tiempo transcurrido desde los hechos -más de cuatro años- hacía inviable recolectar evidencia directa.
La querella, representada por Ignacio Fernández Camillo, Adrián Rodríguez Antinao y Andrés Noetzly, apeló de inmediato. Sostuvo que no existía constancia escrita de la supuesta orden fiscal y que las maniobras excedieron cualquier competencia policial. Sobre las torturas, planteó que el juez había ignorado los testimonios de las víctimas y que, dada la naturaleza íntima de los hechos, era lógico que las pruebas principales fueran las declaraciones de quienes los sufrieron.
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Andrés Noetzly, Ignacio Fernández Camillo y Adrián Rodríguez Antinao, abogados de los feriantes perseguidos en la anterior gestión municipal.
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La decisión de la Cámara: no se puede archivar el dolor
La Cámara Federal recogió estos planteos y fue contundente. En su resolución del 22 de septiembre de 2025, los jueces César Álvarez y Roberto Agustín Lemos Arias señalaron que el archivo fue "prematuro" y que el magistrado debía haber profundizado la investigación.
Sobre el espionaje, remarcaron que la validez del accionar policial no podía sostenerse únicamente en el aval posterior de la fiscal provincial. La participación de funcionarios municipales y la discordancia de fechas entre el inicio de las tareas y la emisión de órdenes judiciales exigían, según la Cámara, un análisis más exhaustivo.
Respecto de las torturas, los camaristas cuestionaron la decisión de desestimar los testimonios de las víctimas. Recordaron que en delitos cometidos bajo encierro -donde no suele haber testigos externos- la jurisprudencia reconoce un valor central a las declaraciones de los afectados. En esa línea, ordenaron incorporar pruebas complementarias, como citar a otras personas que estuvieron detenidas en el mismo período o a familiares y allegados que pudieran aportar detalles sobre las condiciones de detención.
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Las víctimas aun no recuperaron los objetos secuestrados en allanamientos del año 2018, entre ellos, los ahorros de una adolescente para su cumpleaños de 15.
Una resolución que devuelve aire a las víctimas
Con esta decisión, la Cámara no dictó condenas ni procesamientos, pero sí abrió una puerta largamente reclamada: la de continuar investigando. "No se verifican las condiciones que ameriten paralizar momentáneamente la marcha del proceso", afirmaron los jueces, al tiempo que remarcaron la obligación de tomar los relatos de las denunciantes como punto de partida y no como obstáculo.
El fallo devuelve centralidad a la voz de quienes, durante meses, padecieron encierro, humillaciones y vigilancia sin sustento legal. Y coloca otra vez en el banquillo de la sospecha a exfuncionarios municipales y a una decena de efectivos federales.
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Un expediente que sigue escribiéndose
El expediente, caratulado "NN s/averiguación de delito", aún tiene un largo camino. Con la reapertura, el juez de primera instancia deberá profundizar la instrucción, convocar nuevos testigos y analizar peritajes complementarios. También deberá definir si existieron responsabilidades penales de quienes ordenaron y ejecutaron los operativos.
En paralelo, las víctimas aún esperan que la justicia ordinaria de La Plata les devuelva bienes secuestrados en 2018, desde celulares hasta los ahorros de una menor. Un recordatorio de que su calvario judicial, pese a la absolución de 2023, sigue abierto.
La resolución de la Cámara marca un hito: reconoce que archivar sin investigar es cerrar los ojos ante posibles delitos de espionaje y torturas cometidos en democracia. Para los feriantes del Parque Saavedra, significa un paso más hacia el reconocimiento de lo que vivieron y hacia una justicia que, al menos por ahora, se niega a archivar el dolor.