viernes 18 de julio de 2025

Condenaron a 11 años de prisión al autor de un crimen en Melchor Romero durante la pandemia

La sentencia se conoció este viernes en el fuero Penal de La Plata. El jurado popular ya lo había declarado culpable. La fiscal había pedido 18 años.

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En el fuero Penal de La Plata, pasadas las doce del mediodía de este jueves, el juez Emir Alfredo Caputo Tártara dio a conocer la sentencia: once años de prisión para Julio “Loli” Sotelo, declarado culpable por el crimen de Reinaldo “Rey” Solís en Melchor Romero.

La pena fue menor a la solicitada por la fiscal de juicio, Victoria Huergo, que en la audiencia de cesura había reclamado 18 años, pero superó el pedido de la defensa, que había solicitado el mínimo legal: 8 años.

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La lectura fue breve, sin discursos ni fundamentaciones extensas en voz alta. Sotelo, sentado junto a su defensor, escuchó sin alterar el gesto. No hubo muestras públicas de emoción.

La escena, sobria, contrastó con el veredicto del 27 de junio pasado, cuando un jurado ciudadano lo encontró culpable por unanimidad. Aquel día, la palabra “culpable” había estallado en la sala como una piedra seca. Hoy, el eco fue más tenue, pero igual de irreversible.

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El juez Caputo Tártara aplicó una condena de 11 años de prisión por el crimen en Melchor Romero.

El juez Caputo Tártara aplicó una condena de 11 años de prisión por el crimen en Melchor Romero.

Los hechos de una noche sangrienta

Reinaldo Solís murió durante el ASPO, en 2020, en una esquina sin faroles de Melchor Romero. Según reconstruyó la fiscalía, fue atacado a golpes en la cabeza por al menos dos personas, entre ellas Julio Sotelo. La autopsia determinó 22 lesiones independientes —14 externas y 8 internas— concentradas en el rostro y el encéfalo. No se trató de un robo. Tampoco de una riña. Fue, para la acusación, una ejecución motivada por el odio, luego de un llamado revanchista de Santiago Oyhamburu, otro de los acusados que será juzgado en un proceso aparte en 2026.

Durante el juicio, la fiscal Huergo sostuvo que Sotelo y Oyhamburu actuaron en coautoría, desde una posición de superioridad manifiesta sobre una víctima en estado de ebriedad que no pudo defenderse. “Este fue un crimen de odio”, afirmó en la cesura. “La condición de pobreza no tuvo nada que ver con los motivos del hecho”.

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Victoria Huergo, fiscal de juicio de La Plata, logró la dura condena por el homicidio.

Victoria Huergo, fiscal de juicio de La Plata, logró la dura condena por el homicidio.

Además, remarcó como agravantes la violencia desmedida del ataque, la pluralidad de agresores, la posición de indefensión de la víctima y su estado de vulnerabilidad por intoxicación alcohólica (2,6 gramos por litro en sangre, 3,1 en orina). También pidió que se considere el impacto simbólico de la pérdida: la comunidad de Solís —vecinos, familiares y amigos— erigió un monolito y fundó un comedor comunitario con su nombre como forma de homenaje.

La defensa, por su parte, apeló a los atenuantes personales. Pidió que se contemple la falta de antecedentes penales de Sotelo, su inserción familiar y social, la existencia de hijos menores a cargo, y la situación económica precaria. Incluso mencionó la discapacidad de uno de los niños como motivo para no aplicar una pena severa.

La fiscal, en su alegato, rechazó expresamente esos puntos:

“La familia Sotelo tiene lazos de cooperación y apoyo mutuo. No corresponde valorar la pobreza como atenuante si el hecho no fue cometido por necesidad”.

Juicio oral por crimen en Melchor Romero durante la pandemia 2020 2.jpg

La condena: ni mínima ni máxima

El juez Caputo Tártara decidió aplicar una pena intermedia: 11 años de prisión efectiva. Aunque no dio lectura completa de los fundamentos en la sala, las partes ya habían sido notificadas. La sentencia considera como agravantes las condiciones del ataque —la violencia y la indefensión—, pero también reconoce elementos atenuantes como la falta de antecedentes y el entorno familiar del acusado.

De este modo, el tribunal desestimó tanto la solicitud máxima de la fiscal como el pedido mínimo de la defensa.

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Filmina del alegato multimedia del Ministerio Público que fue exhibido al jurado ciudadano.

Filmina del alegato multimedia del Ministerio Público que fue exhibido al jurado ciudadano.

Un caso que sigue abierto

Aunque el juicio contra Sotelo llegó a su fin, la causa no está cerrada. El segundo acusado por el crimen, Santiago Oyhamburu, será juzgado por separado, en principio, durante el año 2026.

Durante el debate, Oyhamburu fue mencionado en varias declaraciones testimoniales. Uno de los vecinos dijo haberlo escuchado gritar: “Lo maté yo”. La fiscal consideró esa frase como una burla, como parte de una estrategia para encubrir responsabilidades compartidas.

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La historia de un crimen sin testigos y sin cámaras

El asesinato de Reinaldo Solís ocurrió sin que mediara un arma secuestrada, sin una confesión y sin registros de cámaras. Lo que hubo fueron testigos fragmentarios, vecinos que primero hablaron y luego callaron, y una investigación que se sostuvo en la autopsia, en el trabajo forense y en la reconstrucción contextual del hecho.

La fiscal Huergo fue enfática en su alegato final: “No hace falta saber cuál fue el golpe que mató. Basta con saber que Sotelo estuvo allí, golpeó, y luego huyó”.

Esa imagen —la de dos personas intentando abrir una botella muy apretada, usada como metáfora de la coautoría— quedó flotando en la sala y, sin dudas, fue determinante para que el jurado llegara a un veredicto unánime.

justitia

Once años después de la muerte

Cinco años después del crimen, la justicia bonaerense condenó a uno de los responsables. Julio Sotelo pasará más de una década en prisión. La condena no borra el dolor ni reconstruye el rostro de Reinaldo Solís, que quedó desfigurado bajo una frazada, en un rincón oscuro. Pero ofrece, al menos, una certeza.

La comunidad paraguaya que lo despidió con un monolito y un comedor sigue pidiendo justicia completa. El próximo paso será el juicio a Oyhamburu. El barrio de Melchor Romero, mientras tanto, sigue cargando con el recuerdo. Y el Poder Judicial, con la responsabilidad de no dejar que los fragmentos del caso se pierdan en la burocracia.

Once años. Nada más. Nada menos.

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