Matías Ezequiel Rival, de 34 años, un soguero artesano de Brandsen, fue condenado a 4 años de prisión por el delito de abigeato agravado -robo de ganado- en un caso que pone en evidencia las graves irregularidades del sistema de juicio abreviado en La Plata.
Durante el proceso fue representado por una defensora oficial, quien le garantizó un arresto domiciliario. Sin embargo, terminó en una cárcel común. Su nueva defensa, a cargo de los abogados Ignacio Fernández Camillo y José Francisco Sánchez Peralta, interpuso un hábeas corpus para revocar una condena que consideran "ilegítima, arbitraria y fruto de un acuerdo viciado".
Todo comenzó en julio de 2020, en plena pandemia. Martín Rival, hermano de Matías, encontró un ternero recién nacido abandonado en la calle. Preocupado por el animal, se lo llevó a Matías -quien trabajaba como empleado rural en el campo El Mana, propiedad de Marcelo Claudio Nicliceppe- y le pidió que lo criara.
Estafador detenido
Matías Rival está detenido en una cárcel de La Plata y espera revertir la condena
Matías, antes de aceptar, consultó a su patrón, quien autorizó que el animal permaneciera en el campo. Días después, la Policía llegó al lugar alertada por la denuncia de robo de un ternero en el campo vecino Puesto Nuevo de Pini. Aunque Matías explicó que el animal lo había traído su hermano y este se hizo cargo, solo él fue detenido. Martín se acercó a la comisaría a explicar y no lo quisieron escuchar ni le tomaron testimonio.
El juicio abreviado: presión e indefensión
El caso llegó al Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) V de La Plata. Originalmente, se fijó una audiencia de debate para el 1° de noviembre de 2024. Sin embargo, ese mismo día, las partes -Fiscalía y Defensa- acordaron suspender el debate y avanzar con un juicio abreviado. Esto implica que dichas partes se ponen de acuerdo en el monto de la pena, sin discutir la culpabilidad o inocencia del acusado, evitando así el proceso y el costo de un juicio oral.
Según la declaración de Matías Rival, su defensora oficial lo presionó para que aceptara el acuerdo bajo la amenaza de que, si no lo hacía, iría directamente a la cárcel. "Me dijo que cerraba todo ahí mismo, que si no firmaba me mandaban al penal", relató Rival en una declaración filmada el 26 de agosto de 2025.
El 6 de noviembre de 2024, en una audiencia virtual, la jueza Carmen Palacios Arias homologó el acuerdo: 4 años de prisión, pero bajo arresto domiciliario con salidas laborales. Matías firmó creyendo que evitaría la cárcel.
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El soguero artesano de Brandsen fue condenado a 4 años de prisión por el delito de abigeato agravado
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Una vez iniciado el legajo de ejecución de la pena en el Juzgado de Ejecución N° 2 de La Plata, la fiscal de ejecución Maribel Furnus solicitó la revocación del arresto domiciliario. Argumentó que la modalidad de cumplimiento no correspondía, ya que Rival no encuadraba en ninguno de los supuestos del artículo 10 del Código Penal (enfermedad, discapacidad, edad avanzada, etc.).
El juez José Nicolás Villafañe hizo lugar al pedido fiscal y el 22 de agosto de 2025 ordenó que Matías Rival sea trasladado a una unidad penitenciaria con régimen abierto. La medida se basó en que el tribunal de sentencia no tenía competencia para definir la modalidad de ejecución de la pena, atribución que corresponde al juez de ejecución.
El hábeas corpus: nulidad y libertad
Los nuevos defensores de Rival interpusieron un hábeas corpus ante la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata. Sostienen que:
- El acuerdo de juicio abreviado fue viciado por la presión ejercida sobre Rival
- No hubo defensa técnica efectiva
- No existió materialmente el delito de abigeato, ya que el ternero fue encontrado y no robado
- La condena carece de fundamentación probatoria suficiente
- La revocación del arresto domiciliario viola el principio de confianza legítima y agrava injustamente las condiciones de detención
- Solicitan la inmediata libertad de Rival o, subsidiariamente, el retorno al arresto domiciliario con salidas laborales
El caso revela una práctica recurrente: la utilización del juicio abreviado para resolver causas rápidamente, pero muchas veces al costo de vulnerar garantías constitucionales. La Defensoría Oficial alegó que revocar una modalidad de cumplimiento previamente homologada sin nuevos hechos viola el principio de legalidad y la doctrina de confianza legítima.
Por su parte, la Fiscalía de Ejecución insistió en que la prisión domiciliaria solo puede ser concedida por el juez de ejecución y solo en los supuestos taxativos del artículo 10 del CP.
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El juicio abreviado para resolver causas rápidamente muchas veces vulnera garantías constitucionales
En su declaración, Matías fue claro: "Me acusan de abigeato por un ternero que me trajo mi hermano. Yo le pedí permiso al dueño del campo. No robé nada". Y sobre la presión para firmar el acuerdo: "Si me hubieran dicho que eran 4 años de prisión efectiva, no firmaba".
El caso de Matías Rival no es aislado. Refleja una crisis de legitimidad del sistema judicial bonaerense, donde la burocracia y la celeridad procesal prevalecen sobre el derecho a una defensa efectiva y a un juicio justo. Como bien señaló la jueza Carolina Crispiani en otro fallo reciente: "El Poder Judicial de nuestra provincia atraviesa una crisis de legitimidad compleja. Toda crisis de legitimidad es, en parte, una crisis de confianza".
Ahora, la Cámara de Apelación de La Plata tiene en sus manos la oportunidad de restituir no solo la libertad de un trabajador rural, sino también la confianza en un sistema que no debería condenar a inocentes por el solo hecho de no querer afrontar un juicio.