miércoles 27 de agosto de 2025

El cura Raúl Sidders acusado de abuso sexual en un colegio de La Plata llevó sus quejas a Casación

El máximo tribunal del fuero Penal bonaerense debe expedirse si la causa está prescripta o no. El juicio oral se suspendió días antes de su inicio.

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Raúl Anatoly Sidders iba a ser juzgado en juicio oral y público por el delito de abuso sexual agravado pero a mediados del mes de julio de 2025 la jueza Carmen Palacios Arias, integrante del Tribunal Oral Criminal (TOC) N°5 de la capital provincial, dictó el sobreseimiento por prescripción de la acción.

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Contra esa Resolución tanto el Ministerio Público Fiscal (MPF) como las abogadas de la denunciante apelaron la resolución y la Cámara Penal platense les dio la razón, pero la defensa del cura llevó sus quejas ante Casación bonaerense (con sede en La Plata) donde se espera por una definición sobre si el caso está prescripto o no.

El juicio oral en La Plata que no fue

El 10 de julio de 2025 debía comenzar el juicio. La denunciante falleció en septiembre pasado con tan solo 32 años, pero 6 días antes sobreseyeron a Sidders. El cura, que hasta entonces cumplía arresto domiciliario, fue dejado en libertad.

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La magistrada Palacios Arias hizo lugar al planteo de la defensa sobre la prescripción de los delitos. Fue amparándose en el fallo de la Corte Suprema que liberó a Justo José Ilarraz, condenado a 25 años de prisión por múltiples abusos. Esta maniobra fue denunciada por una concentración en la sede del fuero penal platense, donde la madre de la denunciante y sus abogadas repudiaron la decisión de la jueza, apoyadas por organizaciones de mujeres y por sobrevivientes y abogados de otros casos de abuso perpetrados por clérigos, como los del Instituto Próvolo, del también platense Héctor Giménez, del propio Ilarraz e incluso de la red internacional Ending Clergy Abuse.

La Cámara de Apelaciones, sin embargo, consideró que en el caso Sidders no es aplicable ese antecedente judicial, ya que los hechos denunciados ocurrieron luego del año 1994 y por lo tanto se deben tener en cuenta los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por el Estado argentino, a los cuales se les otorgó rango constitucional. En ese sentido, declaró inconstitucional la prescripción de los delitos por los que el cura iba a ser juzgado.

Se espera que Casación eche luz sobre el tema. La sala que debe intervenir tiene un plazo de seis meses, prorrogable por otro período similar. La resolución se conocería antes de la feria judicial de invierno de 2026, pero nada es seguro en los laberintos judiciales de la capital provincial.

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