miércoles 25 de marzo de 2026

El Gobierno dio un paso clave para avanzar con las SAD en el fútbol argentino

Una vez más, el Gobierno de Javier Milei intenta avanzar con las llegadas de las SAD por lo cual sacó una resolución en el Boletín Oficial.

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En la jornada de hoy, y luego de venir insistiendo con esta posibilidad, Javier Milei celebró un avance importante con respecto a la llegada de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) al fútbol argentino. La noticia se conoció a través del Boletín Oficial.

En el mismo se dio a conocer que se cuenta con el aval de la Inspección General de Justicia (IGJ) una reglamentación que habilita a las asociaciones civiles a transformarse en SAD. Se trata de la primera instancia que permitirá el ingreso de capitales privados en el deporte, y que había sido plasmada en el DNU 70/2023.

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Se detalla que “debe aceptarse la transformación de las asociaciones civiles en sociedades anónimas”. Según lo publicado, esta resolución entrará en vigencia a partir del viernes 1 de noviembre de este 2024. Se emitió la resolución 15/2024, oficializada con la firma de Daniel Roque Vítolo, jefe de la IGJ.

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Club Hernández de La Plata se metió en el debate por las SAD.

Club Hernández de La Plata se metió en el debate por las SAD.

En la ciudad de La Plata tenemos un caso cercano con lo que ocurre en el Club Hernández, donde que la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, declaró irregular e ineficaz la asamblea realizada el pasado 10 de mayo de este 2024, para convertirse en una SAD, más allá de que el club todavía no fue notificado.

La resolución de la IJG para la aplicación de las SAD

“Atento a lo dispuesto en los artículos 346 y 347 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023, que modificó el texto de los artículos 30 y 77 de la Ley Nº 19.550 y sus modificatorias, debe aceptarse la participación de las asociaciones civiles y fundaciones como accionistas en sociedades anónimas y la transformación de las asociaciones civiles en sociedades anónimas; así como simplificarse la inscripción de entidades de bien común constituidas en el extranjero para el desarrollo de su actividad en la República Argentina”.

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