El próximo 7 de septiembre se desarrollarán las elecciones en la provincia Buenos Aires, y entre las medidas previstas se encuentra el voto accesible, una herramienta fundamental para garantizar que todas las personas, incluidas aquellas con discapacidad, puedan ejercer su derecho al sufragio sin barreras.
El derecho a participar en la vida política está reconocido en el Artículo 29 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con jerarquía constitucional en Argentina a partir de la Ley 27.044. Por eso, las personas con discapacidad tienen derecho a votar y también a ser votadas.
En este sentido, la Provincia de Buenos Aires implementa medidas específicas destinadas a la eliminación de obstáculos que puedan presentarse en el proceso electoral. La Resolución 156 sobre Voto Asistido establece la existencia del Cuarto Oscuro Accesible (COA) en cada establecimiento y regula las formas de acompañamiento durante la jornada electoral.
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En las elecciones bonaerenses, las personas con discapacidad pueden votar con apoyo y utilizar Cuartos Oscuros Accesibles
Paso a paso, así funciona el voto accesible
De esta manera, toda persona que presente alguna discapacidad tiene derecho a:
Un aspecto importante es que no es obligatorio presentar el Certificado Único de Discapacidad (CUD) para solicitar apoyo en el acto electoral. El derecho a la asistencia está garantizado de manera amplia para que nadie quede excluido.
Para emitir el voto es necesario cumplir con los requisitos generales: tener 16 años o más, en el caso de migrantes a partir de los 18, residir en la provincia de Buenos Aires, presentar el último DNI y estar incluido en el padrón electoral.
Por último, las autoridades recuerdan que toda persona puede consultar previamente dónde vota, con la información de escuela, mesa y número de orden, a través del sitio oficial.