César Melazo, ex juez de Garantías de La Plata, condenado como “coautor” de asociación ilícita, apelará la confirmación de la sentencia dictada por la Sala III del Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires, confirmaron fuentes judiciales a 0221.com.ar.
“Casación confirmó la sentencia, pero dejó de lado el presunto encubrimiento y no rebajó la pena, ese será uno de los puntos de nuestro planteo ante la Suprema Corte provincial”, explicó a este medio el letrado Christian Romano quien junto a su par Juan Pesquera y el propio Melazo realizan la defensa conjunta del ex magistrado, apartado del cargo durante la gestión de la ex gobernadora María Eugenia Vidal.
El ex titular del Juzgado de Garantías 2 de la capital provincial fue condenado a siete años y diez meses de prisión. La Presidenta de Tribunal Oral Criminal (TOC) II de La Plata Silvia Hoerr en minoría votó por una condena de 15 años como "jefe" de la empresa criminal, tal como lo solicitaron los fiscales de juicio Mariano Sibuet y Victoria Huergo.
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El abogado César Melazo junto a sus defensores Christian Romano y Juan Pesquera.
Foto: AGLP
El resto de las condenas por mayoría como coautores de la asociación ilícita fueron para el excomisario Gustavo Burzstyn (7 años y 10 meses, la jueza propuso 13 años), el expolicía Gustavo Mena (6 años de prisión, la magistrada votó por 9 años), Adrián Manes (4 años y seis meses, el voto minoritario fue de 8 años), Carlos Bertoni (4 años de cárcel, la jueza votó 6 años). En tanto, por unanimidad, condenaron e Enrique Petrullo a 4 años de prisión por tráfico de influencias.
Apuntes judiciales en La Plata
Antes de la resolución de Casación, el expediente ya tuvo un paso por la Corte provincial que llegó por impulso de la fiscal de Casación María Laura D’Gregorio, por un tema muy puntual y técnico, relacionado a si el Ministerio Público Fiscal tenía abierta la apelación dado el monto de la pena impuesta, un poco más de la mitad de la solicitada en los alegatos.
El máximo tribunal provincial estableció que sí, que, para este caso, existía la posibilidad de recurrir la sentencia. “El mensaje que mandó la Corte me parece que es claro y ojalá llegue que la justicia es ciega, pero no idiota y les dijo a los sentenciantes si ustedes creyeron que por ponerle un poquito más de la mitad de la pena dejaban al Ministerio Público Fiscal sin recurso de apelación entonces vamos a mostrarles que no, que fue una jugada siniestra”, explicó una inobjetable fuente judicial que conoce la causa desde la primera a la última foja.
La legislación procesal establece que “en caso de una condena cuyo monto de pena supere la mitad de la solicitada por el Ministerio Público, éste (la fiscalía de juicio), en principio, no tiene motivo de agravio para recurrir la sentencia por el monto de la pena aplicada”, señalaron otras fuentes consultadas. La Corte provincial estableció, para este expediente, que no es así.