martes 09 de septiembre de 2025

Confirman cómo y en qué casos se retendrán en las billeteras virtuales los ingresos brutos

El Gobierno de la Provincia trasladó un sistema que funciona en bancos hacia las billeteras virtuales. El fin es cobrar ingresos brutos sobre las operaciones.

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Se trata de un mecanismo similar al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), que ya funciona para las entidades y permite a las provincias recaudar de manera automática sobre las transferencias recibidas.

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Los contribuyentes bonaerenses verían aplicadas retenciones de Ingresos Brutos en tres escenarios principales: nuevos alcanzados, quienes figuren en el padrón de Buenos Aires y antes no tenían retenciones en billeteras digitales; contribuyentes en varias jurisdicciones, aquellos que ya estaban registrados en otra provincia y ahora tributarán también en la provincia, con un porcentaje mayor; y convenio multilateral, inscriptos que operan en la provincia y en distritos no adheridos al SIRCUPA, como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA); y comenzarán a sufrir retenciones.

¿Qué alícuotas se aplicarán y quiénes serán agentes de retención?

Las tasas van del 0,1% al 5%, dependiendo de la actividad económica declarada, pero vale destacar que se retendrán fondos en transferencias realizadas entre cuentas del mismo titular. El nuevo esquema abarcará acreditaciones en pesos, moneda extranjera (salvo dólares estadounidenses), valores e instrumentos equiparables a la moneda local.

Billetera virtual
Las billeteras virtuales retendrán un porcentaje en concepto de ingresos brutos.

Las billeteras virtuales retendrán un porcentaje en concepto de ingresos brutos.

En el Gobierno provincial aclararon que la medida no crea un tributo adicional, sino que busca armonizar el sistema tributario con el resto de las jurisdicciones. "Se equipara el régimen de billeteras virtuales al de los bancos con el SIRCREB", explicaron los voceros oficiales. La disposición, en tanto, alcanza a todas las cuentas de pago a nombre de personas físicas o jurídicas incluidas en el padrón de contribuyentes bonaerenses.

Los encargados de retener serán los Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP), como Mercado Pago, Personal Pay y otras plataformas, registrados ante la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC) del Banco Central de la República Argentina (BCRA).

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