martes 29 de septiembre de 2026

Indignación del CECIM La Plata tras el fallo de la Corte Suprema por la Ley de Tierras: "Es una infamia"

El CECIM La Plata cuestionó a la Corte Suprema tras la revocación del fallo que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras.

"La verdad que es una infamia lo que han hecho", sostuvo Rodolfo Carrizo, presidente de la organización que luego emitió un comunicado en el que se calificó a la decisión del máximo tribunal como una "doctrina de facto".

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La reacción llegó después de que la Corte resolviera que el CECIM La Plata no tenía legitimación para promover la acción colectiva. El máximo tribunal no se pronunció sobre la constitucionalidad de la derogación sino sobre la posibilidad del CECIM de llevar adelante ese planteo judicial.

En un comunicado difundido tras conocerse la sentencia, la organización sostuvo que la Corte "no exploró el planteo jurídico" y cuestionó que el conflicto haya sido resuelto a partir de la legitimación del organismo. "Dijo, con claridad, que este grupo de ex soldados conscriptos, combatientes de Malvinas, no podemos acudir a la Justicia en defensa de la soberanía", expresó el CECIM.

La Corte dijo, con claridad, que este grupo de ex soldados conscriptos, combatientes de Malvinas, no podemos acudir a la Justicia en defensa de la soberanía La Corte dijo, con claridad, que este grupo de ex soldados conscriptos, combatientes de Malvinas, no podemos acudir a la Justicia en defensa de la soberanía

Carrizo profundizó esa postura en diálogo con 0221.com.ar. "Es tremendo lo que le pasa a la Argentina, porque a partir de mañana cualquiera puede venir y comprar cualquier cosa. Hoy la Ley de Tierras la derogaron. La verdad que es una infamia lo que han hecho", afirmó.

Rodolfo Carrizo, el presidente del CECIM La Plata

Rodolfo Carrizo, el presidente del CECIM La Plata

Las críticas del CECIM a la Corte

El comunicado del CECIM vinculó la decisión judicial con la historia de los excombatientes y planteó una contradicción entre su participación en la Guerra de Malvinas y la imposibilidad, según la resolución, de impulsar esta demanda. "Podemos morir en defensa de la soberanía, pero no acudir a un Tribunal", cuestionó la organización.

En esa línea, el CECIM sostuvo que la sentencia terminó beneficiando al gobierno nacional. "La Corte resolvió el problema político de Milei", afirmó la entidad y aseguró, desde su interpretación del alcance de la decisión, y en línea con lo afirmado por Carrizo agrega que el fallo deja abierta la posibilidad de que extranjeros adquieran tierras sin las restricciones que establecía la legislación derogada.

Los integrantes de la Corte Suprema

Los integrantes de la Corte Suprema

El presidente de la organización también puso el foco en los dos años de recorrido judicial que tuvo el planteo. "Nosotros tenemos la certeza de que dimos una batalla por dos años, pero nos ganaron", reconoció. Y agregó fuertes cuestionamientos tanto al Poder Judicial como a la dirigencia política, a la que reclamó mayor iniciativa para "proteger los derechos de la gente".

El CECIM cerró su pronunciamiento responsabilizando "política e institucionalmente" a la Corte por las consecuencias que, según considera, tendrá la eliminación de las restricciones previstas por la Ley de Tierras para la adquisición de territorio argentino por parte de extranjeros.

El fallo Corte Suprema

La Sala III de la Cámara Federal de La Plata habían admitido la demanda del CECIM, declararon la inconstitucionalidad del DNU a través del cual el gobierno nacional derogó la Ley de Tierras y ordenaron reinscribir la causa como colectiva. El Estado Nacional apeló esa resolución y llevó la discusión hasta la Corte Suprema.

Al analizar el expediente, el máximo tribunal rechazó el criterio utilizado para reconocerle legitimación al CECIM bajo la consideración de que la soberanía nacional constituía un bien colectivo y que, por lo tanto, la organización podía impulsar una acción destinada a proteger un derecho de incidencia colectiva.

El fallo se limita a la legitimidad del CECIM La Plata como litigante, pero no resolvió sobre la constitucionalidad del DNU que derogó la Ley de Tierras

La sentencia, firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, sostuvo que "frente a la clara ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo, no es posible tener por configurado un caso o controversia". Para la Corte, la soberanía territorial es “uno de los elementos constitutivos del Estado” y no puede ser considerada un bien colectivo en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional y de la jurisprudencia que regula este tipo de acciones.

En esa línea, el tribunal cuestionó directamente el razonamiento que había utilizado la Cámara Federal de La Plata. Según sostuvo, "el encuadre de la pretensión de la actora realizado por la Cámara, al considerarla apta para sustentar un proceso que tiene por objeto la protección de derechos de incidencia colectiva sobre bienes colectivos, carece de todo fundamento".

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