miércoles 03 de septiembre de 2025

Confirman la absolución de Marcos Ledesma, el docente acusado de abuso sexual en un jardín de La Plata

Una Sala del Tribunal de Casación bonaerense sostuvo que hubo graves fallas en la recolección de pruebas durante la investigación.

--:--

La decisión se basó en la exclusión de declaraciones infantiles obtenidas con graves irregularidades procesales y en la insuficiencia de las pruebas restantes para superar la duda razonable, planteo que fue sostenido por la defensa a cargo de la abogada Patricia Perelló durante sus alegatos tras el juicio oral.

Lee además

La Sala, integrada por los jueces Daniel Alfredo Carral y Ricardo Ramón Maidana, confirmó la absolución de Marcos Esteban Ledesma, docente acusado de "abuso sexual agravado y corrupción de menores" en perjuicio de once niños y niñas del Jardín de Infantes N° 914 de La Plata en 2013.

La resolución, notificada electrónicamente este martes, rechazó el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, que buscaba revocar el veredicto absolutorio dictado en su momento por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) V de La Plata.

Juicio absolución Marcos Ledesma (13).JPG
La defensa de Marcos Ledesma estuvo encabezada por la experimentada abogada marplatense Patricia Victoria Perelló.

La defensa de Marcos Ledesma estuvo encabezada por la experimentada abogada marplatense Patricia Victoria Perelló.

Exclusión de pruebas clave por irregularidades graves

El fallo destacó que las declaraciones de los niños y niñas, obtenidas durante la instrucción mediante la técnica de Cámara Gesell como "anticipos extraordinarios de prueba", fueron excluidas del proceso debido a graves violaciones a las garantías constitucionales del debido proceso y derecho de defensa.

Entre las irregularidades constatadas se encontró:

  • La ausencia de la jueza de Garantías durante la realización de las declaraciones, lo que habilitó un desarrollo irregular de las diligencias
  • Interrogatorios realizados por el fiscal y la psicóloga con preguntas sugestivas, indicativas y manipulativas, que incluyeron la introducción de información, mención de premios y uso de muñecos con género diferenciado
  • Un "inaceptable sesgo confirmatorio" que contaminó la fiabilidad de los testimonios y vulneró el principio de inmediación y contradicción

El tribunal consideró que estos defectos no eran meras formalidades, sino que afectaban garantías constitucionales fundamentales, por lo que las pruebas obtenidas carecían de validez y no podían ser utilizadas en contra del imputado.

Marcos Ledesma (5).jpeg
Docentes de La Plata acompañaron al profesor de música durante todo el proceso penal

Docentes de La Plata acompañaron al profesor de música durante todo el proceso penal

Insuficiencia de la prueba remanente

Una vez excluidas estas declaraciones, el tribunal evaluó el resto de las pruebas y concluyó que la acusación no logró acreditar los hechos más allá de toda duda razonable. Se señalaron inconsistencias en los testimonios clave, falta de corroboración periférica y la presencia de una "prueba de oídas" por parte de los progenitores, que no pudo ser cotejada con las fuentes directas.

Además, las grabaciones caseras realizadas por los padres fueron consideradas de "escasa fiabilidad" debido al contexto sugestivo en que se obtuvieron y a la falta de control judicial.

Juicio absolución Marcos Ledesma (4).JPG
El beso del acusado y su pareja tras escuchar la absolución en primera instancia

El beso del acusado y su pareja tras escuchar la absolución en primera instancia

Estándares estrictos para testimonios de niños

La sentencia reiteró la obligatoriedad de cumplir con los protocolos y normas procesales en la obtención de testimonios de menores, destacando la necesidad de:

  • Presencia obligatoria del juez o jueza de Garantías
  • Interrogatorios libres de preguntas sugestivas o manipulativas
  • Respeto por el interés superior del niño, evitando su revictimización
  • Participación y control de la defensa durante la producción de la prueba

Fallo unánime en La Plata

Los jueces Carral y Maidana votaron por la negativa al recurso de Casación, destacando que la fiscalía no logró demostrar arbitrariedad en la valoración probatoria del tribunal de instancia ni controvertir los déficits de corroboración señalados.

La sentencia cierra así un largo proceso judicial y reafirma el principio de inocencia y el estándar de prueba más allá de toda duda razonable como pilares del sistema penal.

Dejá tu comentario

Las más leídas

Te puede interesar