La causa judicial del exjuez de Garantías de La Plata César Melazo volvió a registrar un nuevo movimiento procesal de peso. La Sala III del Tribunal de Casación Penal bonaerense rechazó el intento del Ministerio Público Fiscal para reabrir la discusión sobre el rol jerárquico atribuido al exmagistrado y al excomisario Gustavo Abraham Bursztyn dentro de la asociación ilícita por la que fueron condenados.
La resolución, dictada el 15 de mayo de 2026 por las juezas Miriam Patricia Ermili y Carina Verónica Gil y el juez Juan Alberto Benavides -quienes intervinieron por excusación de los integrantes originarios de la Sala III-, cerró el trámite de una queja impulsada por la fiscalía luego de un extenso derrotero que incluyó decisiones del Tribunal Oral Criminal II de La Plata, del Tribunal de Casación y de la Suprema Corte bonaerense.
El fallo volvió a rechazar el planteo fiscal y sostuvo que no existían razones de arbitrariedad ni gravedad institucional que habilitaran revisar la sentencia condenatoria dictada en 2023.
Ante la consulta de 0221.com.ar, el abogado defensor del exjuez Melazo, Christian Romano, sostuvo: "Quizás esta tercera sentencia a favor del doctor Melazo que rechaza las aventuras del Ministerio Público, pone fin a esa deliberada forma de perseguirlo. Nótese que habiendo pluralidad de imputados, en este caso, sólo se apeló para perjudicar a Melazo y Bursztyn".
El juicio oral de 2023 y las condenas
El punto de partida de este recorrido fue el juicio oral desarrollado ante el Tribunal Oral en lo Criminal II de La Plata, integrado por los jueces Santiago Paolini, Andrés Vitali y Silvia Hoerr.
El 6 de marzo de 2023 el tribunal dictó veredicto condenatorio contra Melazo, Gustavo Bursztyn, Gustavo Gregorio Mena, Adrián Oscar Manes y Jorge Carlos Bertoni por asociación ilícita.
En el caso del exjuez Melazo, la mayoría integrada por Paolini y Vitali le impuso una pena de 7 años y 10 meses de prisión por "asociación ilícita, tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil condicional y encubrimiento". El excomisario mayor Gustavo Bursztyn recibió 7 años de prisión por "asociación ilícita y tenencia ilegal de armas".
Sin embargo, la magistrada Silvia Hoerr había sostenido una postura más severa: propició una condena de 15 años para Melazo al considerarlo jefe de la organización y de 13 años para Bursztyn como organizador. Ese punto quedó en minoría y terminó siendo el eje del conflicto posterior.
El recurso fiscal: buscaban agravar las penas
Tras conocerse la sentencia, los fiscales de juicio Mariano Sibuet y Victoria Huergo apelaron el fallo.
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El abogado Christian Romano a cargo de la defensa del exjuez de Garantías de La Plata, César Melazo.
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La acusación sostuvo que el TOC II había valorado incorrectamente la prueba al no reconocer los roles agravados previstos en el artículo 210 del Código Penal. Para la fiscalía, Melazo debía ser considerado jefe de la asociación ilícita y Bursztyn organizador.
El planteo apuntaba a revisar exclusivamente ese tramo y obtener penas mayores. Pero el 30 de mayo de 2023 el propio TOC II declaró inadmisible el recurso respecto de Melazo y parcialmente admisible respecto de Bursztyn. Ante ello, Sibuet y Huergo interpusieron una queja ante Casación.
Tribunal de Casación Penal en La Plata
Primer paso por Casación: rechazo en 2024
La Sala III del Tribunal de Casación Penal analizó el planteo y el 11 de abril de 2024 rechazó la queja por improcedente.
Lejos de cerrarse, el expediente siguió escalando. La fiscal interina ante Casación, María Laura D’Gregorio, presentó recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Casación lo declaró inadmisible y entonces la funcionaria acudió en queja ante la Suprema Corte bonaerense. Fue entonces cuando intervino el máximo tribunal provincial.
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La Suprema Corte revocó parcialmente y ordenó nuevo análisis
La Suprema Corte de Justicia bonaerense admitió la queja, hizo lugar a la vía extraordinaria y devolvió el expediente a Casación para que analizara específicamente los agravios constitucionales introducidos por la fiscalía.
El máximo tribunal cuestionó que la Casación hubiera rechazado el planteo basándose únicamente en límites procesales sin responder los argumentos federales introducidos por el Ministerio Público.
Según la Corte, el tribunal intermedio debía expedirse expresamente sobre la arbitrariedad y la gravedad institucional alegadas. Con esa orden, el expediente regresó a la Sala III, aunque con una integración distinta. Intervinieron entonces Miriam Ermili, Carina Gil y Juan Benavides por excusación de los miembros originarios.
El nuevo fallo: Casación volvió a rechazar el planteo
La nueva integración revisó el caso y volvió a fallar contra la fiscalía. El eje del recurso era que el expediente presentaba gravedad institucional porque involucraba a un exjuez de Garantías y a un comisario mayor, ambos funcionarios públicos, y porque —según la acusación— la sentencia había omitido valorar adecuadamente sus roles dentro de la organización. La Sala III descartó ambos argumentos.
Sobre la arbitrariedad sostuvo que el desacuerdo con la valoración probatoria no alcanza para habilitar una revisión extraordinaria y que el voto mayoritario del TOC II sí había explicado por qué consideraba a Melazo y Bursztyn integrantes de la asociación ilícita pero no jefe y organizador.
Además, el tribunal remarcó que no existía impunidad porque ambos fueron condenados y que el Ministerio Público pretendía únicamente una calificación más gravosa y penas superiores.
La resolución concluyó rechazando definitivamente la queja fiscal y manteniendo firme el criterio anterior.
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Los acusados por el crimen de Juan Farías serán nuevamente juzgados por otro Tribunal Oral en La Plata.
Imagen con fotos de AGLP y Facebook.
La otra línea paralela: el homicidio de Juan Farías
Mientras este tramo quedó nuevamente cerrado para la fiscalía, la causa mantiene abierto otro frente. En septiembre de 2024, una integración distinta de la Sala III de Casación —compuesta por Ermili, Gil y Benavides— sí hizo lugar a los recursos fiscales y del particular damnificado respecto del homicidio de Juan Farías.
En aquella resolución anuló las absoluciones dictadas por el TOC II a favor de Gustavo Bursztyn, Gustavo Mena, Adrián Manes, Carlos Barroso Luna, Héctor Vega y Martín Fernández por el delito de homicidio criminis causae y ordenó realizar un nuevo juicio.
Ese fallo derivó luego en la excusación de Paolini, Vitali y Hoerr, quienes entendieron que no podían volver a intervenir por haber resuelto previamente el caso.
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Betina Lacki, fiscal que llevó adelante la megainvestigación por la que fueron condenados los acusados.
Archivo mejorado con IA.
Actualmente, la Cámara de Apelaciones y Garantías debe sortear nuevos jueces para el futuro debate oral sobre el crimen de Farías.
Así, el expediente Melazo quedó dividido en dos caminos: por un lado, las condenas por asociación ilícita y delitos conexos que volvieron a quedar firmes frente al nuevo rechazo de Casación; y por otro, el futuro juicio que volverá a poner bajo análisis el homicidio ocurrido el 29 de julio de 2010.
Toda esta investigación fue desarrollada por la fiscal de instrucción Betina Lacki, titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio (UFIJ) 2 de la capital bonaerense.