lunes 06 de abril de 2026

¿Se puede votar en las generales si no lo hiciste en las PASO?

Aquellas personas que no hayan ido a votar podrán justificar su ausencia siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos. De lo contrario habrá multas.

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Las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorios (PASO) ocurrieron este domingo con una participación de alrededor del 68% de participación en todo el país, según informó la Cámara Nacional Electoralsobre 35 millones de argentinos habilitados para votar. Ese dato marca la ausencia de cientos de miles de personas que deberán justificarla o de lo contrario recibirán duras sanciones.

Quienes no justifiquen ante la Junta Electoral dicha falta, quedarán registrados en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar y se les impondrá una multa económica y otras sanciones que impedirán desde tomar empleos públicos hasta limitaciones en trámites oficiales.

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Sin embargo, aquellos que no hayan asistido este domingo, deberán asistir a las elecciones generales que se desarrollarán el domingo 22 de octubre. 

¿QUIÉNES PUEDEN JUSTIFICAR LA AUSENCIA?

No todas las personas pueden justificar la falta en las elecciones. La norma indica que solamente tienen válido faltar aquellas personas que se vean impedidas por determinadas causas de fuerza mayor.

  • Aquellos que se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de votación, para eso deberán dirigirse a la autoridad policial más cercana e informarlo.

  • Personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor pueden presentar pruebas médicas para justificar su insistencia.

  • Aquellos vinculados a organizaciones de servicios públicos o que tengan que cumplir con sus funciones laborales durante el proceso electora.

  • Jueces o auxiliares que deben mantener sus oficinas abiertas durante los comicios.

  • Quienes tengan dificultades para asistir al lugar de votación el día de la elección, también deberán dirigirse a la comisaría mas cercana y solicitar la certificación correspondiente.

TODAS LAS SANCIONES PARA QUIENES NO JUSTIFIQUEN LA AUSENCIA

Las sanciones para quienes no cumplan con su deber cívico y no presenten una justificación creíble son severas:

  • Multa Económica: Los ciudadanos que no emitan su voto deberán pagar una multa.

  • Inscripción en el Registro de Infractores: Los infractores serán registrados en un archivo oficial, lo que podría tener implicaciones en su historial legal.

  • Restricciones en Empleo Público: Aquellos que elijan no votar no podrán ser seleccionados para funciones o empleos públicos durante un período de tres años desde la elección.

  • Limitaciones en Trámites Oficiales: La multa impuesta tiene un impacto aún más amplio, ya que quienes no la paguen no podrán llevar a cabo gestiones o trámites ante entidades estatales nacionales, provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

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