sábado 04 de abril de 2026

Dieron vía libre al juicio oral al exconvicto Alejo Alonso por el crimen de un remisero

El perito oficial asegura que está en condiciones de afrontar el debate pero el médico de la defensa opina lo contrario. Los jueces dictaminaron que debe ir

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Alejo Alonso (47), acusado por un crimen en City Bell ocurrido en las vísperas de Navidad del año 1999, no se presentó a la audiencia del juicio oral que se desarrolla en el fuero Penal de La Plata, por problemas de salud mental. Tal como  adelantó 0221.com.ar un perito médico de la Asesoría Pericial de La Plata (organismo que depende de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires) dictaminó que estaba en condiciones de afrontar el juicio de cesura. Por su parte el médico de la defensa que lo examinó en la clínica de Barrio Hipódromo donde se encuentra internado, aseveró que su estado de salud no es el adecuado (se informó de un intento de quitarse la vida) y recomendó que se espere la evolución del paciente. Tras un careo entre los profesionales los jueces dictaminaron que debe concurrir al debate y pidieron el auxilio de la fuerza pública para que lo traslade desde la clínica hasta el fuero Penal de La Plata.

Desde el inicio del debate la defensa, a cargo de los abogados Alfredo Gascón y Miguel Molina, realizó -al menos- seis planteos para que se declare prescripto el caso y se dicte el sobreseimiento de Alonso (entre otros pedidos), pero fueron rechazados por los jueces del Tribunal Oral Criminal I de La Plata. Ante la internación del acusado, presentaron un escrito (acompañado de un certificado médico) para postergar el debate oral.

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Tras la audiencia del 25 de marzo cuando los jueces determinaron que Alonso fue encontrado culpable en instancias judiciales superiores, se estableció que se debe realizar el juicio en modo cesura, es decir, determinar el delito a reprochar y aplicar la condena en base a los atenuantes y agravantes del caso.

El juicio es por el crimen del remisero Gaspar Argentino Ayala. Se trata del segundo juicio oral de caso. En el primero Alonso resultó absuelto pero el Ministerio Público Fiscal recurrió al Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires donde se anuló el veredicto y se ordenó que un nuevo Tribunal dicte sentencia. Esa resolución fue apelada por la defensa que llegó hasta la Suprema Corte bonaerense pero no logró revertir la sentencia de Casación.

El juicio de cesura se trata de la división del debate en dos partes, una dedicada al análisis de la existencia del hecho y el discernimiento de la culpabilidad (ya fue encontrado culpable) y la otra a la determinación de la pena. En este caso los jueces deberán expedirse sobre atenuantes y agravantes del caso y el monto de pena, es decir, la condena a cumplir tras las rejas. El homicidio simple tiene una pena temporal en expectativa que oscila entre 8 y 25 años de cárcel. En el primero de los debates la fiscal había solicitado 15 años de prisión.

Ante este panorama la fiscal de juicio Victoria Huergo requirió la inmediata detención del acusado, pero los jueces no hicieron lugar a la solicitud por entender que Alonso cumplió con cada llamado judicial y no existen riesgos procesales (fuga o entorpecimiento probatorio).

EL CASO

El 25 de diciembre de 1999 la víctima fue atacada ferozmente a golpes y murió horas después en el hospital. Todo comenzó por un incidente de tránsito. Por este hecho fue juzgado Alejo Alonso, quien resultó absuelto por los exjueces del Tribunal Oral Criminal (TOC) I de La Plata, Samuel Saraví Paz y Guillermo Labombarda, ambos ya jubilados. Pero la recordada jueza Patricia de la Serna, en minoría, sostuvo que el acusado era culpable de homicidio y votó por su condena. Esa mirada de la magistrada resultó clave para que la máxima instancia judicial de la provincia de Buenos Aires rechazara los planteos de la defensa y dejara firme la resolución del Tribunal de Casación bonaerense.

Alonso fue procesado por la muerte de Ayala (40) tras un incidente de tránsito, con golpes de puño incluidos, que ocurrió hace el 25 de diciembre de 1999, en la esquina de calles 472 y 21 de City Bell, luego de un choque entre un Renault 19 y un Ford Mondeo. En 2011 fue juzgado por aquel hecho, pero el Tribunal Oral Criminal I de La Plata lo absolvió en un polémico fallo dividido. Dos años después, el Tribunal de Casación anuló el veredicto. En otra resolución dividida, con votos de los jueces de Casación Federico Domínguez y Ricardo Borinsky, se resolvió hacer lugar al recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal.

Por mayoría se dispuso “anular el veredicto, con devolución de jurisdicción al tribunal” -que lo juzgó- “para que, a partir de la comprobada intervención del acusado en el hecho determinante de la muerte de Ayala, y debidamente integrado, renueve los actos necesarios para el dictado de un nuevo pronunciamiento”.

El debate está nuevamente a cargo del TOC I pero con su nueva integración: Ramiro Fernández Lorenzo, Claudio Bernard (en reemplazo de Cecilia Sanucci quien se excusó) y Hernán Decastelli.

ANTECEDENTES

El acusado es un exconvicto. Ya purgó una condena de 14 años de prisión por el recordado crimen del repartidor de pizzas, Adrián Santana, que fue ejecutado de varios disparos en la esquina de calle 12 y 38, en la noche del 23 de octubre del año 2000.

En un primer momento se especuló con que pudo atropellarlo un auto que escapó, pero los vecinos contaban a quien quisiera oírlos que ellos habían escuchado varias explosiones, como disparos.

Los forenses les dieron la razón: Santana recibió seis balazos, cinco de los cuales ingresaron en la axila, en la espalda y en uno de los glúteos, y otro en el tórax. Este último fue el letal. La Justicia concluyó que el crimen fue motivado por un ajuste de cuentas a raíz de un incidente que tuvieron Alonso y Santana en el bar Almendra, que funcionaba en 8 y 57, a metros de la sala de audiencias donde se realizaron los debates del caso.

En rigor Alonso, hijo de un médico policial, estuvo poco más de ocho años tras las rejas por ese homicidio. Fue beneficiado por la aplicación de la ley del “2x1”, ya derogada. Vivió detenido casi siete años, entre 2003 y 2010, por lo que llevaba computados unos 12 años por aplicación de la polémica ley vigente al momento del crimen.

 

 

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