El segundo juicio oral por el crimen del remisero Gaspar Argentino Ayala (40) ocurrido en la Navidad de 1.999 (hace más de 22 años) entró en un cuarto intermedio hasta el viernes. La juez Cecilia Sanucci se excusó de participar del debate ya que su padre (el excamarista Alfredo Sanucci) tuvo intervención en el proceso penal, situación que a la magistrada no le permite seguir actuando en el debate. Es uno de los motivos de excusación contemplado en el inciso 2 del artículo 47 del Código Procesal de la provincia de Buenos Aires, que establece: "El juez deberá excusarse cuando hubiere intervenido o interviniere en la causa algún pariente suyo dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad".
Ante este panorama fue designado el juez Claudio Bernard. En tanto la defensa solicitó plazo para analizar si recusa o no al nuevo magistrado, que es integrante del Tribunal Oral Criminal II de La Plata. El debate se reanudará el próximo viernes 25 de marzo en la sede del fuero Penal de La Plata, ubicado en calle 8 entre 56 y 57.
El 25 de diciembre de 1999 la víctima fue atacada ferozmente a golpes y murió horas después en el hospital. Todo comenzó por un incidente de tránsito. Por este hecho fue juzgado Alejo Alonso, quien resultó absuelto por los exjueces del Tribunal Oral Criminal (TOC) I de La Plata, Samuel Saraví Paz y Guillermo Labombarda, ambos ya jubilados. Pero la recordada y prestigiosa jueza Patricia de la Serna, en minoría, sostuvo que el acusado era culpable de homicidio y votó por su condena. Ese voto de la magistrada resultó clave para que la máxima instancia judicial del país rechazara los planteos de la defensa y dejara firme la resolución del Tribunal de Casación bonaerense que había ordenado realizar un nuevo juicio oral.
Este segundo juicio se inició este martes 22 de marzo. La encargada de la acusación es la fiscal Victoria Huergo. La defensa está en manos de los abogados Alfredo Gascón y Miguel Molina.
Alonso fue procesado por la muerte de Ayala (40) tras un incidente de tránsito, con golpes de puño incluidos, que ocurrió hace el 25 de diciembre de 1999, en la esquina de calles 472 y 21 de City Bell, luego de un choque entre un Renault 19 y un Ford Mondeo. En 2011 fue juzgado por aquel hecho, pero el Tribunal Oral Criminal I de La Plata lo absolvió en un polémico fallo dividido. Dos años después, el Tribunal de Casación anuló el veredicto. En otra resolución dividida, con votos de los jueces de Casación Federico Domínguez y Ricardo Borinsky, se resolvió hacer lugar al recurso presentado por la fiscalía, que en el juicio había pedido 15 años de prisión para el acusado.

Por mayoría se dispuso “anular el veredicto, con devolución de jurisdicción al tribunal” -que lo juzgó- “para que, a partir de la comprobada intervención del acusado en el hecho determinante de la muerte de Ayala, y debidamente integrado, renueve los actos necesarios para el dictado de un nuevo pronunciamiento”.
El debate estará nuevamente a cargo del TOC I pero con su nueva integración.
ANTECEDENTES
El acusado ya purgó una condena de 14 años de prisión por el recordado crimen del repartidor de pizzas, Adrián Santana, que fue ejecutado de varios disparos en la esquina de calle 12 y avenida 38, en la noche del 23 de octubre del año 2000.

En un primer momento se especuló con que pudo atropellarlo un auto que escapó, pero los vecinos contaban a quien quisiera oírlos que ellos habían escuchado varias explosiones, como disparos.
Los forenses les dieron la razón: Santana recibió seis balazos, cinco de los cuales ingresaron en la axila, en la espalda y en uno de los glúteos, y otro en el tórax. Este último fue el letal. La Justicia concluyó que el crimen fue motivado por un ajuste de cuentas a raíz de un incidente que tuvieron Alonso y Santana en el exbar Almendra, de 8 y 57, a metros de la sala de audiencias donde se realizaron los debates del caso.

En rigor Alonso estuvo poco más de ocho años tras las rejas. Fue beneficiado por la aplicación de la ley del “2x1”, ya derogada. Vivió detenido casi siete años, entre 2003 y 2010, por lo que llevaba computados unos 12 años por aplicación de la polémica ley vigente al momento del crimen.