La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó este martes la condena de Cristina Kirchner a seis años de prisión, y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Es acusada por el delito de administración fraudulenta en el caso de la obra pública que involucra a Lázaro Báez en Santa Cruz.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron en el fallo los recursos de queja que presentó Cristina Kirchner, y de ese modo dejaron firme la condena. En la resolución los jueces sostienen que la expresidenta fue parte de un grupo de funcionarios públicos que llevaron a cabo una maniobra fraudulenta que perjudicó las cuentas del Estado nacional.
Concretamente los jueces describieron que "desde 2003 a 2015 funcionarios públicos nacionales y provinciales, entre los que se encontraba la dos veces presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, llevaron a cabo una maniobra fraudulenta que perjudicó de manera trascendente a las cuentas del Estado nacional, pues se desvió el dinero público en favor del empresario Lázaro Antonio Báez a partir de la asignación de obra pública vial a sus empresas".
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Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti confirmaron la condena de seis años de prisión para Cristina Kirchner
Los argumentos de la Corte Suprema que dejaron firme la condena de Cristina Kirchner
En el fallo, los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti remarcaron varios puntos de la causa como los argumentos que llevaron al rechazo del pedido de la exmandataria. Entre ellos, destacaron que la maniobra de la que se la acusa tuvo la incorporación de Lázaro Báez al rubro de la construcción "sin ninguna experiencia" sostienen, y agregan que a pesar de eso "conformó un grupo de empresas, que le permitió ganar numerosas licitaciones de obra pública en la provincia de Santa Cruz simulando una competencia que en realidad no tenía (a modo de ejemplo, solo entre 2007 y 2008 recibió veintitrés contratos)".
En otro punto, señalaron que las licitaciones a la empresa de Báez tuvieron "numerosas irregularidades" y que "se demostró que se seleccionó una modalidad de contratación específica, convirtiéndose para la provincia de Santa Cruz en regla lo que para las demás fue una excepción. Esto permitió la cartelización de la obra pública en la referida provincia en favor de un grupo de empresas que respondían al aludido Báez".
El Decreto 54/2009 que firmó la expresidenta durante su mandato, que modificó el fideicomiso que comenzó desde entonces a ser manejado por la Dirección Nacional de Vialidad a cargo de Nelson Periotti, también fue usado como argumento.
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Entre los argumentos que presento la Corte Suprema señalaron que la maniobra de la que se la acusa a CFK causó un gran perjuicio al Estado nacional
El "plan limpiar todo" que denunció el fiscal Diego Luciani
Los magistrados también utilizaron en sus argumentos lo que el fiscal Diego Luciani había llamado en el juicio como el "plan limpiar todo". Se trata de mensajes de WhatsApp que había en el celular de José López, secretario de Obra Pública, que corresponden a cuando fue detenido en junio de 2016 con bolsos con nueve millones de dólares.
La investigación señala que de ese plan fueron parte José Francisco López, Lázaro Báez, Cristina Fernández de Kirchner, Nelson Periotti y José Raúl Santibáñez, y que "para culminar la maniobra se trató de atribuir el cierre de las empresas de Báez a la nueva administración del Poder Ejecutivo nacional y evitar la 'sensación de fuga' (en palabras de José Francisco López), cuando en realidad se probó que las obras habían sido abandonadas con anterioridad, y todo lo sucedido en esta etapa fue minuciosamente ideado por López, Báez, Fernández de Kirchner y Periotti", indicaron los jueces.
Remarcan que esta maniobra generó un enorme perjuicio al Estado nacional, y que "se ordenó a través de la herramienta que prevé el código penal para el recupero de activos de origen ilícito el decomiso de la suma de ochenta y cuatro mil ochocientos treinta y cinco millones, doscientos veintisiete mil trescientos setenta y ocho pesos con cuatro centavos ($84.835.227.378,04), el que necesariamente será objeto de actualización al momento en que la sentencia adquiera firmeza".