lunes 27 de abril de 2026

Los seis cambios que prevé la reforma laboral de Javier Milei sobre las vacaciones

La reforma laboral del gobierno nacional todavía no se conoce en su totalidad, pero en uno de sus puntos busca cambiar el sistema de vacaciones.

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El gobierno de Javier Milei define los detalles del proyecto de reforma laboral que anticiparon antes de las elecciones legislativas. El Ejecutivo busca modificar la normativa vigente y trascendió como sería el documento que están terminando de pulir en Casa Rosada.

La Confederación General del Trabajo (CGT) indicó que no fue convocada de manera institucional para debatir la reforma, y no descartan que el Gobierno, a través del secretario de Trabajo, Julio Cordero, se haya contactado de manera informal con algunos dirigentes y hayan buscado algún tipo de acuerdo, teniendo en cuenta que Gerardo Martínez, de la Uocra, Ee parte del Consejo de Mayo.

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Los principales ejes de la reforma que impulsa el gobierno apunta a instalar las paritarias por empresa, y plantear la posibilidad de que los trabajadores acuerden con las empresas un salario "dinámico por mérito".

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El gobierno nacional prepara una reforma laboral que modificar vacaciones y extender la jornada de trabajo

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¿Cómo serían las vacaciones con la reforma laboral?

El proyecto denominado "Ley de Promoción de Inversiones y Empleo", también modifica varios artículos de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), incluyendo un cambio sustancial en cómo y cuándo se podrán tomar las vacaciones los empleados.

En ese punto, los seis cambios claves en torno a las vacaciones que se le harían a la LCT son:

  • Se podrán fraccionar: la ley permitirá que las vacaciones "se otorguen en forma fragmentada"
  • Período mínimo de una semana: el fraccionamiento no será totalmente libre. Los períodos de descanso no podrán ser "inferiores a UNA (1) semana"
  • En cualquier momento del año: el empleador tendrá mayor flexibilidad para definir las fechas, ya que "deberá conceder el goce de las vacaciones en cualquier momento del año"
  • Aviso con 21 días: La fecha de inicio de las vacaciones deberá ser comunicada por escrito al trabajador con una anticipación "no menor de VEINTIÚN (21) días"
  • Verano "cada dos períodos": la ley mantiene una protección para el descanso en temporada alta, pero la flexibiliza. El empleador deberá garantizar al trabajador "el goce total de las mismas, por lo menos en una temporada de verano, cada DOS (2) períodos". Sin embargo, la ley aclara que esto será así, "salvo que el trabajador opte en contrario"
  • Parejas en la misma empresa: Este derecho se mantiene intacto. Si trabajadores casados o en unión familiar trabajan para el mismo empleador, "las vacaciones deben otorgarse en forma conjunta y simultánea cuando así lo requieran los trabajadores"

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