lunes 24 de noviembre de 2025

Los cambios que prevé la reforma laboral de Javier Milei: indemnización, vacaciones y licencias por enfermedad

La reforma laboral avanza y redefine normas centrales para trabajadores y empleadores, que van desde períodos de descanso hasta nuevos criterios de licencias.

--:--

El texto, todavía sujeto a discusión interna, apunta a unificar criterios antes de su envío al Congreso, previsto para las sesiones extraordinarias. Voceros del sector empleador señalan que la iniciativa busca un esquema "más flexible y homogéneo", mientras que la dirigencia sindical considera que representa un retroceso para los derechos laborales.

Lee además

Los avances surgieron tras varias semanas de negociaciones, según adelantaron fuentes cercanas al proceso. Entre los puntos más sensibles aparecen la reorganización del período de descanso anual, la redefinición del régimen indemnizatorio y un marco actualizado para las prestaciones durante accidentes o enfermedades inculpables.

El borrador remarca que el Poder Ejecutivo pretende cerrar una versión final antes de fin de año. La intención oficial es incorporarla a la agenda legislativa como parte del capítulo laboral del Consejo de Mayo, con la expectativa de alcanzar acuerdos que permitan reordenar vínculos del trabajo.

Cambios previstos para la reforma laboral

La propuesta modifica el artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo y fija que las vacaciones deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, salvo acuerdo distinto entre las partes. También prevé que la fecha de inicio se informe por escrito con al menos 45 días de anticipación, salvo excepciones definidas en convenios.

Empleo 1.jpg
La reforma laboral que impulsa Javier Milei prevé cambios en el esquema de vacaciones

La reforma laboral que impulsa Javier Milei prevé cambios en el esquema de vacaciones

El borrador incorpora la posibilidad de fraccionar el descanso anual siempre que cada tramo tenga un mínimo de una semana. Además, las empresas deberán organizar el calendario para garantizar que cada trabajador acceda al menos una vez cada tres años a un período dentro de la temporada de verano, salvo situaciones justificadas.

En relación con las licencias por enfermedad o accidente no laboral, el proyecto reemplaza el artículo 208 de la ley vigente. Establece una prestación no remunerativa equivalente al 80% del salario neto, con cobertura de tres o seis meses según antigüedad, y plazos extendidos para quienes tienen cargas de familia.

Indemnización y fondo de cese

El documento también reescribe el artículo 245 y fija que, una vez superado el período de prueba, la indemnización por despido sin causa será de un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses, con una base calculada sobre la mejor remuneración mensual del último año.

Además, habilita que los convenios colectivos reemplacen este esquema por un fondo o seguro de cese laboral. Si ese sistema se implementa, cubrirá de manera integral la compensación por antigüedad y funcionará bajo aportes exclusivamente a cargo del empleador, según lo previsto en el nuevo artículo 245.

Dejá tu comentario

Las más leídas

Te puede interesar