ARCA actualizó el régimen especial de IVA para quienes realizan ventas online
Es con el objetivo de precisar alcances, reforzar la trazabilidad y establecer criterios más claros para intermediarios y proveedores en entornos electrónicos.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo cambios en el régimen especial de ingreso del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para operaciones efectuadas en plataformas digitales, con el objetivo de precisar alcances, reforzar la trazabilidad y establecer criterios más claros para intermediarios y proveedores que actúan en entornos electrónicos.
Los cambios fueron oficializados a través de la Resolución General N°5.794/2025. El organismo explicó que la actualización introdujo ajustes sobre la Resolución General N°5.319, considerada la norma base del esquema y, de acuerdo con la información difundida, la adecuación buscó precisar el alcance operativo de los sujetos alcanzados y establecer parámetros más claros para la determinación del tributo en entornos digitales.
La normativa aclaró que el régimen incluye transacciones realizadas por medios electrónicos mediante plataformas que facilitan oferta, publicidad o intermediación de bienes y servicios. También estableció que los encargados de la percepción o del ingreso del impuesto deben cumplir los procedimientos de declaración previstos en los sistemas fiscales habilitados.
Las disposiciones remarcaron que los sujetos comprendidos deben registrar las operaciones en los sistemas informáticos dispuestos por ARCA para garantizar trazabilidad, verificación y cumplimiento de sus obligaciones vinculadas al IVA. A su vez, las plataformas digitales que intervienen en operaciones alcanzadas deberán aplicar los mecanismos de ingreso definidos, con el fin de asegurar la recaudación correspondiente.
ARCA
Todas las operaciones digitales deberán registrarse en los sistemas del ARCA para asegurar la trazabilidad y el cumplimiento de las obligaciones tributarias
El organismo detalló que los valores y condiciones operativas se desarrollan en un anexo técnico publicado en la edición web del Boletín Oficial, donde se incluyen los parámetros metodológicos y los criterios de cálculo para el tratamiento del impuesto en transacciones electrónicas.
En ARCA explicaron que la Resolución se dicta en el marco de las facultades de fiscalización, control y recaudación atribuidas al organismo y forma parte de un proceso de adecuación normativa iniciado en períodos previos, orientado a reorganizar el alcance de los regímenes de percepción aplicados a actividades de intermediación digital.
La medida ordenó su comunicación a las áreas de control fiscal y dispuso el archivo correspondiente una vez completadas las formalidades administrativas. El régimen actualizado comenzó a aplicarse desde la fecha establecida en el anexo, conforme a las pautas que regulan la operatividad tributaria en entornos electrónicos.