El gobierno nacional puso en marcha un nuevo régimen de retiros voluntarios de empleados públicos para reducir la cantidad de trabajadores de la administración pública. La inscripción estará abierta durante noviembre y contempla diferentes modalidades de compensación para quienes decidan finalizar su vínculo laboral con el Estado.
La medida fue oficializada mediante el Decreto 1203/2026, publicado en el Boletín Oficial. El plazo para presentar solicitudes se extenderá del 1 al 30 de noviembre, aunque existe la posibilidad de prorrogarlo por otros 30 días.
Una vez presentada la solicitud, las autoridades de cada jurisdicción tendrán 40 días para expedirse. Si no hay una respuesta expresa dentro de ese período, el pedido se considerará rechazado.
¿Qué trabajadores estatales pueden adherirse al régimen?
El plan está dirigido a empleados de la administración pública nacional centralizada, incluidos los trabajadores de planta permanente comprendidos en la Ley 25.164 y quienes tienen contratos por tiempo indeterminado bajo la Ley 20.744.
Miles de empleados públicos nacionales podran adherir al retiro voluntario.
Entre los sectores alcanzados se encuentran la Presidencia de la Nación, la Jefatura de Gabinete, los ministerios y las secretarías. También están incluidos trabajadores del Congreso, el Poder Judicial de la Nación y el Ministerio Público.
En cambio, quedan excluidos los empleados con contratos transitorios y quienes trabajan en organismos descentralizados, como la ANSES. Tampoco pueden acceder integrantes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, del Servicio Exterior y de otros sectores específicos.
Además, los interesados no deben tener procesos penales ni sumarios administrativos graves pendientes. La normativa también excluye a quienes estén en determinadas situaciones de licencia prolongada, tengan una renuncia pendiente de aceptación o se encuentren en disponibilidad.
Los empleados que mantengan demandas judiciales o administrativas deberán desistir formalmente de esas acciones para acceder al beneficio. La adhesión implica el cese definitivo de la relación laboral, la eliminación del cargo presupuestario y la imposibilidad de volver a trabajar en el Estado durante ocho años.
¿Cuánto pueden cobrar según cada caso?
El decreto establece tres modalidades de compensación, determinadas por la edad, los años de aportes jubilatorios y la antigüedad laboral. Según la situación de cada trabajador, el beneficio puede incluir una gratificación única o pagos mensuales durante un período limitado.
El primer grupo comprende a mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que no tengan aportes suficientes para jubilarse. En estos casos, podrán elegir entre una gratificación única o cobrar el 60% del salario bruto mensual durante un máximo de 36 meses.
El segundo grupo incluye a mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 que acrediten al menos 30 años de aportes. Para estos trabajadores, la compensación puede alcanzar hasta 18 sueldos de gratificación, más cinco remuneraciones adicionales.
El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, al frente de un nuevo plan de retiros voluntarios
Por último, el tercer grupo está integrado por mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62. La compensación equivale a un salario por cada año de antigüedad, con un tope de 20 remuneraciones, más un adicional de cuatro o cinco salarios, según tengan menos de 15 años de servicio o alcancen esa antigüedad.
De esta manera, el régimen contempla compensaciones de hasta 25 sueldos, aunque el monto final dependerá de las condiciones particulares de cada empleado y de la modalidad que corresponda.