El juez de Garantías de La Plata Guillermo Atencio ordenó investigar a funcionarios del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) por posible desobediencia e incumplimiento de deberes. La decisión surge tras rechazar un habeas corpus presentado por la defensa de Miguel Ángel Lucich, acusado de narcotráfico, quien denunció demoras en la implementación de su arresto domiciliario.
El magistrado constató que la Dirección de Monitoreo del SPB no cumplió con la realización del informe técnico del domicilio de Lucich ni informó sobre la disponibilidad de tobilleras electrónicas. A pesar del rechazo del habeas corpus, se ordenó a Monitoreo completar el informe en 48 horas y se dio intervención a la Justicia para investigar el accionar de los funcionarios involucrados.
El habeas corpus rechazado y los argumentos de la defensa
El defensor particular de Miguel Ángel Lucich presentó un habeas corpus alegando que la demora en la implementación de su arresto domiciliario constituía un "agravamiento de sus condiciones de detención". Según la presentación, el 13 de febrero se había solicitado a la Dirección de Monitoreo un informe técnico sobre el domicilio ofrecido, pero este nunca fue realizado.
El Juzgado de Garantías consideró que la falta de respuesta por parte de la Dirección de Monitoreo no configuraba un agravamiento de las condiciones de detención de Lucich. Además, se determinó que el caso no encuadraba en los supuestos que justifican un hábeas corpus. Por esa razón, el pedido fue rechazado, aunque se dispusieron medidas adicionales para garantizar que se cumpla con la revisión del domicilio.
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Guillermo Atencio, juez de Garantías de La Plata, titular del Juzgado 1.
La falta de diligencia de la Dirección de Monitoreo
El juez Atencio detectó un incumplimiento reiterado por parte de la Dirección de Monitoreo del Servicio Penitenciario Bonaerense. En primer lugar, el área no realizó el informe técnico del domicilio propuesto para la detención domiciliaria de Lucich, a pesar de las reiteradas solicitudes del juzgado desde el 13 de febrero.
Además, el 14 de marzo se intimó a la Dirección de Monitoreo a informar sobre la disponibilidad de tobilleras electrónicas, pero la única respuesta recibida fue que el oficio sería derivado al área correspondiente. La Justicia contrastó esta falta de diligencia con la celeridad mostrada en otros expedientes, como en la causa que involucra a Julio Rigau.
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Investigación sobre funcionarios del Servicio Penitenciario Bonaerense
A raíz de estas irregularidades, el juez de Garantías ordenó remitir copia de lo actuado a la Mesa General de Entradas para que se investigue la posible comisión de los delitos de desobediencia e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Ambos delitos están tipificados en los artículos 239 y 248 del Código Penal.
Asimismo, se libró un oficio al Jefe del Servicio Penitenciario Bonaerense para que, en un plazo máximo de 48 horas, se lleve a cabo el relevamiento técnico del domicilio donde Lucich cumpliría su arresto domiciliario. También se dio vista al Agente Fiscal de la UFIJ 18 de La Plata respecto de la solicitud de excarcelación extraordinaria.
La resolución pone bajo la lupa el accionar del Servicio Penitenciario Bonaerense en la gestión de los arrestos domiciliarios y abre la puerta a posibles sanciones para los funcionarios responsables del incumplimiento.