Por este caso son juzgados el propietario del colegio, Rubén Gerardo Monreal; la accionista Roxana Costa, el guardavidas Martín Argüelles, el director de la colonia, Osvaldo Ramos; el coordinador de la misma, Marcos Echaniz; y la exempleada de la colonia vacaciones Carolina Muro, todos acusados de "homicidio culposo". Muro también está acusada de abandono de persona seguido de muerte.
También son juzgados los inspectores municipales Miriam Salinas y Diego de Luca, procesados por "incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica de instrumento público".
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Los padres de Lucas Lin buscan respuestas en el juicio oral.
Foto: AGLP
Alegato en el juicio oral desde el exterior
El primero de los defensores en exponer fue el abogado particular Tomás Bernard, quien asiste a Carolina Muro, sobre quien pesa el pedido de condena más duro del debate: seis años y seis meses de prisión. El letrado alegó de manera telemática desde el exterior y su exposición duró casi 10 minutos.
Para esa defensa la acusación de “abandono de persona seguido de muerte” es “improcedente” a igual que el pedido de condena. Este delito requiere “conocimiento y voluntad de generar el peligro” por parte del acusado. Se trata de un delito “doloso”, señaló.
“Muro no tenía el rol de garante, no tenía en sus manos el dominio del hecho” expresó el defensor y solicitó, como planteo principal, la absolución de su asistida. Como planteo secundario (en subsidio) requirió una condena de ejecución condicional por homicidio culposo.
Muro era “la profe” del grupo de colonos al que pertenecía Lucas. Era la única adulta en un grupo de 17 chicos. Para poder ocupar ese rol tenía que tener aprobado el 80% de la carrera de Profesorado de Educación Física. Apenas tenía poco más del 20% y no había rendido aún la materia Natación II.
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La colonia del Colegio Lincoln
“Ruleta rusa con varias balas en el tambor”
En segundo término, alegó el defensor oficial Juan Manuel Fernández, quien asiste al guardavidas Martín Argüelles, sobre quien pesa un pedido de condena de tres años de prisión en suspenso por “homicidio culposo”.
Para esa defensa el marco normativo utilizado por el bloque acusatorio (tres ordenanzas municipales) ninguna regula la actividad de los guardavidas y puso sobre la mesa de discusión la Ley provincial 14.798.
Tras realizar un análisis del marco legal Fernández concluyó que en la colonia no había equipamiento adecuado, no existía un “ámbito propicio” para que su defendido realice sus labores y enfatizó que los guardavidas “tienen obligación de medios y no de resultados”.
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En ese alegato se dejó en claro que por las características del lugar (tamaño de la pileta) corresponde la presencia constante de dos guardavidas. “Argüelles no tenía poder de decisión sobre la cantidad de personal para que sea seguro”, expresó en un tiro por elevación a las autoridades de la colonia y del colegio.
También recordó que “hubo una falla estatal” en relación a los inspectores municipales que habilitaron el lugar sin las debidas medidas de seguridad. Por ejemplo, el consultorio médico no contaba con la habilitación del Colegio de Médicos de la provincia de Buenos Aires.
El grupo de Lucas “tenía 17 colonos, debería tener dos personas a cargo, un profesor de Educación Física y un ayudante con el 60% de la carrera aprobada”, expresó en otro pasaje del alegato, para darle paso a un momento tenso.
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Para esa parte la colonia “se trataba de una ruleta rusa con varias balas en el tambor” y enumeró:
- Lucas Lin nunca estuvo a cargo de un profesor que reuniera las condiciones que la ley establecía.
- Por su edad, integró un grupo que excedía el número de integrantes que la ley permitía para ingresar a la pileta con un solo docente.
- No tuvo un segundo guardavidas para que cuidara de él y de quienes podían estar en las dos piletas.
- Concurrió a una colonia de vacaciones que no debía estar habilitada por la Municipalidad.
Sobre el cierre de su alegato consideró que “Lucas Lin se hundió porque lo descuidó Carolina Muro” asestó Fernández quien reclamó la absolución de Argüelles o una condena de un año de prisión en suspenso por “homicidio culposo”.
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“Ramos vino a decir la verdad”
“Vengo a solicitar la absolución de (Osvaldo) Ramos”. Así directa y sin rodeos la abogada Noelia Kirilenko comenzó su alegato que, para algunas miradas, pudo resultar polémico. Asiste al director de la colonia sobre quien recayó un pedido de condena de tres años de prisión en suspenso por “homicidio culposo”.
Para la defensora “no existe nexo causal entre la conducta imputada a Ramos y el resultado” y recordó que su asistido en su declaración “vino a decir la verdad”.
“El colegio organizaba la colonia, Ramos no tenía injerencia en ese rubro, no determinaba el armado de grupos ni la cantidad de personal, sabía que necesitaba más personal, lo pidió y le dijeron que se arregle con lo que había”, espetó.
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Osvaldo Ramos saluda a su ex compañero Marcos Echaniz.
Foto: AGLP
En el pasaje más polémico de su exposición señaló: “Nos faltó información sobre Lucas, el papá no llenó la ficha de salud de su hijo, el nene necesitaba un cuidado especial, pero cómo hacerlo si no estaba esa información” se preguntó y enfatizó que la admisión del menor en la colonia de vacaciones “no puede ser imputada a Ramos”.
Para la letrada Ramos “daba el mejor servicio posible con las herramientas que tenía” e hizo foco en que “el guardavida es el ‘dueño’ de la pileta, todo lo que allí sucede es su responsabilidad” y solicitó la absolución de Ramos.
“No sabemos de qué se lo acusa”
Marcos Echaniz era el coordinador de la colonia. Sus defensores Joaquín Colombo y Patricio Ghione ensayaron una encendida defensa del profesor de educación física. El primero en alegar fue Colombo quien comenzó con una grave aseveración: “La instrucción atentó contra el derecho a defensa, no sabemos de qué se lo acusa”.
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La sala de audiencias donde se realiza el juicio por la muerte de Lucas Lin
“No hay nexo causal entre su conducta y el resultado, no tuvo dominio sobre el hecho, al momento del hecho, Echaniz estaba cumpliendo una orden laboral de un superior”, expresó el letrado y recordó lo señalado por testigos: “Marcos no tomaba decisiones, organizaba la comida, el transporte y pasaba lista, era como un preceptor”.
Luego fue el turno del abogado Ghione. No vaciló en sostener: “Está clarísimo que Marcos no estaba en la pileta, todos los testigos dijeron que las decisiones las tomaba Osvaldo (Ramos)” y dejó planteado el pedido de absolución.
Descompensación e interrupción de la audiencia
Minutos antes de empezar el quinto alegato de la jornada, la audiencia sufrió una brusca interrupción. La acusada Muro sufrió un problema de salud y se retiró de la audiencia. Tres horas antes había escuchado como la fiscal y los abogados de la familia Lin pedían su inmediata detención tras la lectura de una eventual sentencia condenatoria con una pena superior a los tres años de prisión.
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Carolina Muro, la acusada que se descompensó durante la audiencia de este viernes
Foto: AGLP
La próxima jornada de alegatos se desarrollará el próximo lunes 25 de noviembre. El juicio está a cargo del Tribunal Oral Criminal III de La Plata, presidido por Santiago Paolini y acompañado por los jueces Andrés Vitali y Ernesto Domenech por la secretaría de Andrea Lamamy y Flavia Mazza.