La muerte de Emilia Uscamayta Curi, ocurrida en 2016 durante una fiesta clandestina en La Plata, vuelve a ocupar el centro de la escena judicial con un nuevo frente: el intento de la familia de reabrir la causa contra el excomisario y exfuncionario municipal Daniel Piqué.
Se trata de una ofensiva judicial que, a más una década del hecho, expone tensiones estructurales en el proceso: demoras, discusiones sobre la prescripción, alcances de las notificaciones y, sobre todo, el reclamo persistente de los familiares de la víctima por una respuesta judicial que consideran incompleta. El tramo del expediente que involucra a Piqué nunca fue juzgado. Según reconstruyeron los abogados de la familia –Ignacio Fernández Camillo, Adrián Rodríguez Antinao y Andrés Noetzly–, la causa tuvo un derrotero complejo que terminó, al menos por ahora, con el cierre de la acción penal.
La causa fue radicada el 26 de diciembre de 2023 en el Juzgado Correccional N°5, a cargo del juez Diego Tatarsky. Allí, la defensa de Piqué, encabezada por el abogado Fabián Améndola, planteó la prescripción de la acción penal. El planteo abrió una discusión clave: si el paso del tiempo había extinguido la posibilidad de juzgar al exfuncionario o si, por el contrario, ese plazo debía considerarse suspendido por distintas circunstancias procesales.
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El exfuncionario municipal y excomisario Daniel Piqué fue investigado en el marco de la causa por la muerte de Emilia Uscamayta Curi
Uno de los puntos centrales señalados por la acusación particular fue la sucesiva excusación de fiscales que habían tenido vínculos personales con el imputado. Según sostuvieron, esa situación debía interpretarse como un factor que interrumpía o suspendía el curso de la prescripción.
Tras varios idas y vueltas, finalmente, el fiscal Mariano Sibuet quedó a cargo del expediente y se opuso al planteo de la defensa, en línea con la postura de la familia de la víctima. No obstante, el 24 de septiembre de 2024 el juez Tatarsky resolvió hacer lugar a la prescripción y declaró extinguida la acción penal, cerrando así la causa.
La disputa por los plazos y el acceso a la justicia
El conflicto no terminó allí. La familia de Uscamayta Curi apeló la decisión, pero el Juzgado rechazó el recurso por considerarlo extemporáneo.
Según surge de las presentaciones a las que se tuvo acceso 0221.com.ar, el juez computó el plazo desde la notificación electrónica, sin contemplar –según denuncia el particular damnificado– el momento en que la familia, como particular damnificada, fue efectivamente notificada. Ese punto se convirtió en el eje del reclamo: la supuesta "invisibilización" del rol de la víctima dentro del proceso penal.
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Adrián Rodríguez Antinao e Ignacio Fernández Camillo, dos de los abogados de la familia de la víctima.
AGLP
Ante ese rechazo, los abogados recurrieron en queja ante la Cámara de Apelaciones, donde el caso recayó en la Sala N°4. Sin embargo, el 13 de marzo de 2026, los camaristas Ariel Argüero y Ernesto Ferreyra resolvieron no hacer lugar al planteo, nuevamente por extemporáneo.
Agotada esa instancia, la familia avanzó con un recurso de Casación, en un intento por revertir lo que consideran un cierre indebido del caso. En ese planteo los letrados sostienen que se vulneraron garantías básicas de acceso a la justicia y el derecho de la víctima a ser oída, insistiendo en que la discusión sobre la prescripción fue mal resuelta.
Una muerte que marcó a La Plata
Emilia murió el 1° de enero de 2016 durante una fiesta clandestina organizada en una quinta de Melchor Romero. La joven, de 26 años, había asistido al evento de fin de año que no contaba con habilitación, controles ni condiciones mínimas de seguridad. Durante la madrugada, en medio de una masiva concurrencia, ingresó a una pileta y murió ahogada. La investigación determinó que el lugar carecía de guardavidas, iluminación adecuada y medidas de prevención.
El caso generó una fuerte conmoción social y puso en agenda el fenómeno de las fiestas ilegales en la región. Años después el caso llegó a juicio oral, donde se juzgó a los organizadores del evento: el debate culminó con condenas para varios imputados, a quienes se les atribuyó responsabilidad por la organización de la fiesta en condiciones irregulares.
Cuatro empresarios fueron condenados por la muerte de Emilia Uscamayta Curi, a quienes se les atribuyó la responsabilidad de la organización de la fiesta clandestina
Las penas de prisión en suspenso por homicidio culposo se centraron en delitos vinculados a la muerte culposa, considerando que los acusados omitieron los deberes de cuidado que les correspondían como organizadores. Sin embargo, desde el inicio, la familia de la víctima sostuvo que las responsabilidades iban más allá de los organizadores privados e incluían a funcionarios públicos que habrían permitido o facilitado la realización del evento.
De allí surgió la causa contra Piqué, que ahora se encuentra en discusión ante instancias superiores.
Un reclamo que no cesa
A casi 10 años de la muerte de Emilia, el expediente sigue abierto en distintos frentes judiciales. El intento de llevar a juicio a Piqué y el pedido de cárcel común para el empresario Santiago Piedrabuena forman parte de una misma estrategia: profundizar las responsabilidades y lograr, según la familia, una reparación integral.
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La familia de la joven fallecida reclama desde el primer día que el caso no quede impune
El avance hacia la Casación marcará ahora un nuevo capítulo en una causa que, lejos de cerrarse, continúa generando debates sobre el funcionamiento de la Justicia Penal, los derechos de las víctimas y los límites de la prescripción. Mientras tanto, el reclamo sigue siendo el mismo que desde el primer día: que la muerte de Emilia no quede impune en ninguno de sus aspectos.