A casi una década del trágico fallecimiento de Emilia Uscamayta, la joven que murió ahogada en una fiesta clandestina en Melchor Romero, la Justicia Contencioso Administrativa de La Plata se encuentra próxima a dictar sentencia en una demanda civil que apunta contra los organizadores del evento y la Municipalidad.
El hecho ocurrió el 1° de enero de 2016 en una quinta ubicada en la calle 520 entre 159 y 160, donde se realizaba una celebración de Año Nuevo sin habilitación ni medidas de seguridad. Emilia, de 26 años, fue hallada sin vida en la pileta de la propiedad, en un entorno marcado por el consumo de alcohol y sin presencia de personal médico o guardavidas.
La demanda fue presentada por el padre de la víctima, Juan Emilio Uscamayta Fernández, representado por los abogados Pablo Garbuz Montenegro y Carlos Alfredo Botassi. El reclamo, inicialmente por 4.500.000 pesos, debe ser ajustado por inflación, especialmente tras el fallo “Barrios” de la Suprema Corte bonaerense, que permite actualizar créditos para garantizar una compensación justa en procesos por daños y perjuicios.
Los demandados en la causa son Carlos Bellone (dueño del inmueble), Santiago Piedrabuena y Gastón Haramboure (organizadores), junto con la Municipalidad de La Plata. La acción también incluyó inicialmente a Raúl “Peque” García -otro de los organizadores-, aunque luego fue desistida.
La acusación sostiene que la fiesta fue organizada con fines de lucro, sin habilitación municipal ni condiciones de seguridad, y que los organizadores incumplieron la ordenanza 9885, al no garantizar un ambiente seguro para los asistentes. Se menciona que la piscina fue un “gancho” para atraer público, sin cumplir requisitos básicos como contar con un guardavidas o una ambulancia en el lugar.
Emilia Uscamayta Curi
El 1° de enero de 2016 ocurrió la muerte de Emilia Uscamayta en una fiesta clandestina
Respecto de la Municipalidad, se argumenta que los inspectores sabían con anticipación del evento pero no actuaron para evitarlo. La presentación judicial enfatiza que esta omisión constituye una “falta de servicio”, tal como lo establece la Ley de Responsabilidad del Estado Nacional N° 26.944.
Emilia Uscamayta: respuestas dispares ante la Justicia
En el expediente (N° 44781), que tramita ante el Juzgado Contencioso Administrativo N° 3, la Municipalidad y Haramboure rechazaron los cargos. La Comuna aseguró que realizó intentos para clausurar el evento, y que el funcionario a cargo de controlar estas situaciones fue sobreseído en la causa penal. Haramboure, por su parte, negó haber sido organizador. Bellone y Piedrabuena fueron declarados en rebeldía por no presentarse a ejercer su defensa pese a estar notificados.
En junio de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de La Plata condenó a tres años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación para organizar eventos a Bellone, Piedrabuena y García. Fueron hallados culpables del delito de “homicidio culposo” por organizar una fiesta sin autorización, sin personal de seguridad, ni condiciones sanitarias adecuadas. Las penas fueron excarcelables, lo que generó críticas en el entorno de la víctima y motivó acciones judiciales posteriores.
La resolución de esta demanda civil es inminente y podría tener un impacto económico importante, más allá del simbolismo que representa para la familia de Emilia, que busca justicia y reparación ante una pérdida irreparable.