jueves 06 de agosto de 2026

Crimen de Verónica Dessio: los fundamentos para la domiciliaria de Ivana Mapis

El Tribunal de Casación consideró que la resolución que otorgó la prisión domiciliaria no puede ser revisada por esa vía porque no es una sentencia definitiva.

El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires dejó firme la prisión domiciliaria de Ivana Verónica Mapis, acusada de haber instigado el crimen de la abogada Verónica Dessio en La Plata, al rechazar los recursos impulsados por la Fiscalía y por la particular damnificada contra la resolución que había dispuesto la morigeración de la prisión preventiva.

La decisión fue adoptada por la Sala II del máximo tribunal penal bonaerense, integrada por los jueces Florencia Budiño y Fernando Luis María Mancini, quienes concluyeron que los recursos presentados carecían de viabilidad porque la resolución cuestionada no reúne los requisitos legales para ser revisada mediante un recurso de casación.

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De esa manera, quedó firme la resolución de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata que había hecho lugar al recurso presentado por la defensa de Mapis y había reemplazado la prisión preventiva por el arresto domiciliario.

La decisión de la Cámara había sido cuestionada por el fiscal adjunto de Cámara, Alejandro Marchet, y por Natalia Dessio, particular damnificada, con el patrocinio del abogado Santiago Irisarri.

Ivana Mapis ya cumple prisión domiciliaria en una vivienda del gran Buenos Aires.

Ivana Mapis ya cumple prisión domiciliaria en una vivienda del gran Buenos Aires.

Los fundamentos de Casación

En su voto, la jueza Budiño explicó que, si bien las quejas fueron declaradas formalmente admisibles, los recursos de casación habían sido correctamente rechazados por la Cámara de Apelación porque la resolución impugnada no constituye una sentencia definitiva ni una decisión equiparable a ella.

Según sostuvo el Tribunal, la resolución que concedió el arresto domiciliario "no pone fin a la acción ni imposibilita que continúe", por lo que carece del requisito de definitividad exigido por el Código Procesal Penal para habilitar la instancia de Casación.

Los magistrados también remarcaron que la decisión cuestionada no integra el catálogo de resoluciones susceptibles de ser revisadas mediante ese recurso extraordinario y recordaron que la legislación procesal limita expresamente los supuestos en los que el Ministerio Público Fiscal y la particular damnificada pueden acudir a esa instancia.

En ese contexto, la Sala II concluyó que tampoco existía una situación excepcional que justificara apartarse de esas reglas procesales.

El fallo recordó además la doctrina de la Suprema Corte de Justicia bonaerense y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto de que los recursos extraordinarios proceden únicamente contra sentencias definitivas o resoluciones que hagan imposible la continuación del proceso, circunstancias que —según Casación— no se verifican en este expediente.

Qué habían planteado la fiscalía y la particular damnificada

En sus presentaciones, tanto el fiscal adjunto Alejandro Marchet como la particular damnificada sostuvieron que la resolución de la Cámara generaba un gravamen de imposible reparación ulterior y denunciaron supuestas violaciones a garantías constitucionales.

La representación de la familia Dessio también cuestionó la aplicación del Código Procesal Penal, sostuvo que se había afectado el derecho de las víctimas a ser oídas y planteó que uno de los fundamentos utilizados para conceder el arresto domiciliario —la lejanía de la fecha del juicio oral, prevista originalmente para 2027— había cambiado porque el debate fue posteriormente reprogramado para mediados de ese mismo año.

La abogada Verónica Dessio fue asesinada en La Plata.

La abogada Verónica Dessio fue asesinada en La Plata.

Por su parte, el fiscal adjunto afirmó que el caso presentaba gravedad institucional y sostuvo que la Cámara había sustituido los requisitos legales para conceder la morigeración de la prisión preventiva por un criterio discrecional.

Sin embargo, Casación no analizó esos cuestionamientos de fondo. Los jueces entendieron que, al no tratarse de una resolución recurrible por la vía intentada, no correspondía ingresar al tratamiento de los agravios planteados por las partes acusadoras.

Un expediente atravesado por sucesivas demoras

La resolución se conoce en un expediente que continúa registrando demoras para llegar al debate oral. Mapis está acusada de haber instigado el homicidio de la abogada Verónica Dessio, mientras que José Antonio Alves afronta el juicio como presunto autor material del crimen ocurrido en diciembre de 2020.

José Antonio Alves está señalado como el autor material del crimen.

José Antonio Alves está señalado como el autor material del crimen.

La acusación sostiene que Mapis, quien mantenía una relación sentimental con Carolina Pérez —exesposa de la víctima—, organizó el asesinato y recurrió a Alves para concretarlo.

El juicio oral, que debía comenzar este año, sufrió sucesivas postergaciones. Primero fue suspendido por un cuadro febril del fiscal de juicio Martín Chiorazzi y posteriormente volvió a aplazarse debido a problemas de salud de Mapis, quien debió cumplir reposo por una afección lumbar.

En ese proceso intervienen como particulares damnificados la familia de Verónica Dessio, representada por los abogados Santiago Irisarri y Marcelo Botindari, y Carolina Pérez, patrocinada por Matías Pietra Sanz. La defensa de Ivana Mapis está a cargo de Gastón Nicocia, mientras que José Antonio Alves es asistido por la defensora oficial Verónica Garganta.

Con este fallo, el Tribunal de Casación Penal dejó firme el arresto domiciliario dispuesto por la Cámara de Apelación y Garantías de La Plata, al considerar que los recursos interpuestos por la acusación no eran la vía legal apta para revisar esa decisión.

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