jueves 13 de noviembre de 2025

Condenaron a un kinesiólogo en La Plata por abusar sexualmente de tres pacientes mujeres

Fue hallado culpable de tres delitos de abuso sexual durante sesiones de kinesiología. Recibió una pena de prisión e inhabilitación perpetua.

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En un fallo que sienta un precedente sobre la confianza en la relación médico-paciente, el Juzgado en lo Correccional Nº 4 de La Plata condenó al kinesiólogo Matías Adrián Blanco por cometer abuso sexual contra tres de sus pacientes en su consultorio de la ciudad de Cañuelas.

La sentencia, dictada el 10 de noviembre de 2025, impone una pena de 3 años y 4 meses de prisión y la inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la kinesiología. Las identidades de las víctimas se mantendrán en reserva.

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La jueza Claudia Greco, en una sentencia fundamentada de siete páginas, consideró acreditados tres hechos de abuso sexual entre marzo de 2019 y abril de 2021.

Matias Blanco
Matías Blanco, kinesiólogo condenado en La Plata por abuso sexual.

Matías Blanco, kinesiólogo condenado en La Plata por abuso sexual.

La palabra de las víctimas en La Plata como prueba clave

El veredicto se basó centralmente en la sólida credibilidad de los testimonios de las tres víctimas, a quienes la jueza encontró "creíbles y verosímiles" tras su inmediación en el juicio oral. El fallo destaca que sus relatos fueron "ricos en detalles, coherentes y sin contradicciones", y que mantuvieron su esencia a lo largo de todo el proceso, a pesar de los exhaustivos interrogatorios.

La magistrada resaltó la inexistencia de cualquier "motivo espurio" (como odio, venganza o interés económico) que pudiera llevar a tres mujeres de diferentes edades, que no se conocían entre sí, a realizar denuncias falsas, exponiendo su intimidad en una sociedad pequeña como Cañuelas.

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Claudia Greco, jueza Correccional en La Plata.

Claudia Greco, jueza Correccional en La Plata.

La convicción se vio reforzada por:

  • Testimonios corroborados: familiares y amigos de las víctimas declararon sobre el estado de angustia, llanto y cambio de comportamiento que observaron en ellas inmediatamente después de los hechos
  • Informes psicológicos: peritos oficiales y de parte concluyeron que las víctimas no presentaban indicadores de fabulación o trastornos que afectaran su percepción de la realidad, y diagnosticaron daños psicológicos compatibles con un trauma por abuso sexual
  • Un patrón de conducta: la jueza identificó una modalidad reiterada en el acusado: aprovechar su rol de kinesiólogo para generar confianza, aislar a las pacientes en el box, realizar maniobras con roces sexuales y luego actuar con normalidad, como si nada hubiera pasado
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Victoria Huergo, fiscal de juicio de La Plata.

Victoria Huergo, fiscal de juicio de La Plata.

La defensa y su rechazo

Blanco, a través de su defensor, negó rotundamente todas las acusaciones. Sostuvo que los hechos eran "imposibles" debido a la distribución física del consultorio, donde siempre había otros pacientes y personal circulando, y argumentó que los roces pudieron ser malinterpretados durante maniobras profesionales legítimas.

La defensa presentó varios testigos (otros pacientes, colegas y su propia secretaria) que brindaron un "buen concepto" del imputado y afirmaron no haber presenciado ni escuchado nada inusual. Sin embargo, la jueza consideró que estos dichos, si bien reforzaban su imagen profesional, "no desvirtuaban la prueba de cargo" presentada por la acusación.

kinesiologia kinesiologo

La sentencia y sus agravantes

Al momento de determinar la pena, la jueza valoró como circunstancias agravantes:

  • La condición de profesional de la salud, lo que implicó un abuso de la confianza depositada en él
  • La pluralidad de víctimas
  • La corta edad de una de ellas (18 años)
  • El grave daño psicológico causado a las tres mujeres, probado en el debate
  • Como única atenuante, se consideró la falta de antecedentes penales del condenado
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Si bien la fiscal Victoria Huergo había solicitado su encarcelamiento inmediato, la jueza resolvió no ordenar la detención, considerando que Blanco siempre compareció a juicio, tiene domicilio conocido y arraigo en la comunidad. No obstante, deberá comenzar a cumplirla una vez que se agoten los recursos legales y adquiera firmeza la condena.

La inhabilitación perpetua para ejercer la kinesiología fue impuesta tras aceptarse el pedido de la fiscalía y la acusación particular, fundamentado en que el condenado utilizó su profesión como medio para cometer los delitos.

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