miércoles 09 de septiembre de 2026

Un fiscal apeló el fallo que suspendió la Ley Penal Juvenil en la Provincia de Buenos Aires

Un fiscal de menores apeló la suspensión de la Ley Penal Juvenil en Buenos Aires, mientras crecen las críticas al fallo que frenó su aplicación.

Un fiscal de menores de Lomas de Zamora apeló el fallo que suspendió la Ley Penal Juvenil en la Provincia de Buenos Aires y cuestionó la decisión judicial. La normativa establece un régimen para adolescentes de 14 años hasta antes de cumplir los 18 años imputados por delitos.

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Ceruti sostuvo que la medida genera “un gravamen institucional y jurídico de extrema gravedad” porque, según planteó, mediante una acción de hábeas corpus se suspendió de manera general una ley nacional que fue sancionada, promulgada y puesta en vigencia sin que se haya demostrado una afectación concreta, ilegal o arbitraria de la libertad personal de los adolescentes alcanzados por la normativa.

Además, el fiscal consideró que la decisión judicial “se extralimita” y afecta la división de poderes. En su presentación señaló que la resolución avanza sobre facultades propias de otro poder del Estado y cuestionó el impacto que tendría sobre la aplicación del nuevo sistema penal juvenil.

La medida de la jueza es un gravamen institucional y jurídico de extrema gravedad y se extralimita afectando la división de poderes. La medida de la jueza es un gravamen institucional y jurídico de extrema gravedad y se extralimita afectando la división de poderes.

La apelación se suma a otras presentaciones contra la decisión de Pascual. La ONG Usina de Justicia denunció penalmente a la magistrada por presuntos delitos de usurpación funcional y abuso de autoridad, además de solicitar intervenir como amicus curiae en el hábeas corpus que originó la suspensión.

Las críticas al fallo sobre la Ley Penal Juvenil

La resolución de la jueza no anuló la Ley 27.801, sino que estableció de forma temporal que no sea aplicada en la Provincia de Buenos Aires. El fallo sostiene que la nueva normativa incorpora al sistema penal a adolescentes de 14 y 15 años, excluye determinados delitos que antes no eran punibles y establece la aplicación de la escala penal prevista en el Código Penal.

Pascual argumentó que no es necesario esperar una vulneración efectiva de derechos fundamentales para que intervenga la Justicia. Según la magistrada, en casos vinculados con niños y adolescentes debe aplicarse un principio precautorio que permita prevenir posibles afectaciones graves.

Marta Pascual es la jueza que suspendió la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil

Marta Pascual es la jueza que suspendió la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil

El expediente llegó a su juzgado por su relación con otro hábeas corpus colectivo vinculado al Centro Socioeducativo para la Privación de la Libertad Ambulatoria de Lomas de Zamora. En ese marco, la jueza había dispuesto limitar a 60 adolescentes la capacidad de alojamiento del lugar por considerar que las condiciones no cumplían con los estándares mínimos.

La magistrada también alertó sobre las consecuencias de un eventual aumento de la cantidad de adolescentes privados de la libertad sin una infraestructura adecuada. En el fallo sostuvo que “No respetar las condiciones mínimas de los derechos de los adolescentes detenidos tiene consecuencias futuras no deseadas para la propia sociedad” y agregó: “Hacinar ‘menores’, tarde o temprano incrementa los niveles de inseguridad y violencia”.

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