El piso de las operaciones a partir de los cuales se aplican los regímenes de retención en tributos como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) fue elevado a partir de este sábado 1° de julio, de acuerdo con lo establecido por la Administración Federal de Ingresos públicos (AFIP).
Por otro lado, en el caso del régimen de percepción del IVA para operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones que se cancelen mediante la entrega de granos no destinados a la siembra, deberán aplicar la misma cuando supere los $3.800, en lugar de los $2.000 previos.