viernes 17 de abril de 2026

Cambios en el monotributo: oficializan la recategorización y amplían la fecha de pago

Desde la AFIP indicaron que la medida es para que los contribuyentes cumplan con el pago correspondiente al mes de agosto.

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Este lunes finalmente se oficializaron cambios entorno al monotributo, quedando establecida una nueva reacategorización y a su vez, la ampliación del plazo para la fecha de pago.  

Con esta medida, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), busca que el pequeño contribuyente pueda recategorizarse con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal. 

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De esta manera se dispone que la recategorización para los monotributistas estará habilitada del 28 de julio al 17 de agosto. En la resolución general 5028/2021 publicada este lunes en el Boletín Oficial, queda especificado lo siguiente:

  • ARTÍCULO 1°.- La recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2021 podrá efectuarse a partir del 28 de julio de 2021 y hasta el 17 de agosto de 2021, ambas fechas inclusive. Dicha recategorización tendrá efectos para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.
  • ARTÍCULO 2°.- La obligación de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) correspondiente al período devengado agosto de 2021, se podrá efectuar hasta el día 27 de agosto de 2021, inclusive. "Asimismo, de tratarse de sujetos que abonen sus obligaciones a través del débito directo en cuenta bancaria o débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito, el referido débito se efectuará el día 27 de agosto de 2021, a efectos de posibilitar el pago por los importes correspondientes", indica la Resolución General 5028/2021.
  • ARTÍCULO 3º.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día de su dictado. De acuerdo con el organismo, la decisión permitirá garantizar que “las y los pequeños contribuyentes puedan realizar la recategorización con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes”.

Al mismo tiempo, la ley eliminó el retroactivo, con lo cual los monotributistas no deberá pagar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

Cabe destacar que la recategorización es un procedimiento que se realiza dos veces al año, en ese momento los evalúan qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo con su actividad durante los últimos 12 meses.

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