El ministro de Salud de la provincia de Buenos Aires, Daniel Gollan, firmó este miércoles una resolución que prohíbe la venta de test rápidos de coronavirus y advirtió sanciones para los comercios sanitarios que incumplan la norma.
El ministro de Salud de la provincia de Buenos Aires, Daniel Gollan, firmó este miércoles una resolución que prohíbe la venta de test rápidos de coronavirus y advirtió sanciones para los comercios sanitarios que incumplan la norma.
Pese a que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) autorizó el pasado mes de abril la distribución y posterior venta libre en el territorio nacional de los test de detección rápida de coronavirus, el Gobierno bonaerense consideró que los test de antígenos no deben ser llevados a cabo en domicilios particulares.
El Banco Provincia lanzó descuentos de hasta el 40% y financiación en hasta 9 cuotas sin interés para adquirir productos del rubo tecnología.
La Provincia propuso un aumento del 10% en el boleto de micros y abrió una consulta ciudadana, tras la cual se dispondrá oficialmente la suba.
La resolución 1.533 publicada en el Boletín Oficial decretó la prohibición bajo penas de sanción debido a que los test de COVID-19 deben ser realizados de manera exclusiva por personal de salud capacitado en laboratorios de análisis clínicos.
Desde el Colegio de Bioquímicos de la provincia de Buenos Aires sostuvieron que en el mercado y con mayor frecuencia se encuentran opciones clandestinas sobre diversas metodologías para detectar el contagio por coronavirus o determinar la presencia de anticuerpos en personas que sospechan haber padecido la enfermedad. “Algunas, con reconocimiento de la autoridad de aplicación, dicen que deben ser ejecutadas por un profesional, pero el acceso a la venta es irrestricto, lo que quita seriedad a toda la operación”, sostuvieron fuentes del organismo.
De esta forma, el Gobierno bonaerense le puso punto final a la polémica y restringió la venta libre en farmacias de las pruebas de diagnóstico rápidas de antígeno COVID-19 o “test inmunocromatográficos para antígenos de SARS-CoV-2 en secreciones nasales y de garganta”. Además, especificaron que las sanciones para quienes incumplan las medidas quedarán sujetas a lo señalado en la Ley de Farmacias N°10.606.
Por su parte, Sebastián Cavalitto, director del equipo del Centro de Investigación y Desarrollo en Fermentaciones Industriales (CINDEFI, CONICET-UNLP) advirtió que los laboratorios platenses cuentan con sus propios kits de detección sobre los cuales se puede establecer una trazabilidad en cuanto a proveedores y condiciones de conservación, “con lo cual es muy posible que no acepten de ningún modo manipular los que sean llevados por particulares”, según expresó.