El Gobierno nacional a la administración pública a otorgar licencia para trabajadores del sector que estén a cargo de hijos menores de 14 años que deban realizar escolaridad virtual y estén inscriptos en colegios del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). La medida estará vigente hasta el próximo 30 de abril.
Tal como lo indica la Decisión Administrativa 378/2021 publicada este lunes en el Boletín Oficial, las licencias para agentes de las jurisdicciones, entidades y organismos de la Administración Pública Nacional, que podrán ser otorgadas "cualquiera sea la forma de vinculación jurídica de prestación de servicios de carácter laboral o personal con el sector público nacional".
En el marco de la emergencia por la pandemia de coronavirus, es necesario "facilitar la compatibilización de la integridad familiar", lo que "implica también el apoyo a la escolaridad virtual, resultando imprescindible otorgar licencia a uno de los progenitores", se explica en el texto.
En el caso de que ambos progenitores convivientes presten servicios en el sector público nacional, la justificación se otorgará solo a uno de ellos o una de ellas.

Uno de los artículos señala que “la licencia podrá ser solicitada en la medida que se encuentre declarado el vínculo en los legajos personales, debiendo encuadrar al área respectiva las inasistencias por razones de fuerza mayor o bien efectuar un encuadramiento análogo según el régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aplicable al personal de cada organismo".
Cabe señalar que para quienes asistan a niños con Certificado Único de Discapacidad (CUD) a cargo, no regirá el límite de menos de 14 años de edad.

Por último, el Gobierno "invita a adoptar medidas similares al Poder Legislativo y Judicial de la Nación, a la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires y a los municipios del AMBA".