jueves 13 de noviembre de 2025

Así funciona el servicio limitado por falta de pago de Internet, televisión y telefonía

El Gobierno nacional dio precisiones respecto del nuevo servicio que deberán cumplir las empresas prestadoras de Internet, telefonía y televisión, para con los clientes que no puedan pagar las cuentas en medio de la pandemia de coronavirus.

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El Gobierno nacional informó que se trata de una "prestación mínima" que las empresas tendrán que garantizar a sus clientes morosos de los sectores más vulnerables, a quienes no pueden aplicarle un corte total debido a una disposición del Ejecutivo.

En ese sentido, las compañías deberán enviar al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) un registro con la información de aquellos que no lleguen a abonar "en el plazo máximo de días corridos a partir de este lunes".

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Según explicaron, la lista debe detallar los datos de los titulares de la cuentas que se hayan abierto antes del 26 de marzo último, y que sean susceptibles "de cortes o suspensión con causa en la falta de pago o posean avisos de corte en curso; y sus facturas hayan tenido vencimiento a partir del 1° de marzo del corriente año". Asimismo, las empresas tendrán presentar un listado con los usuarios del sistema prepago que hayan hecho una recarga en febrero o marzo pasado. Para estos casos, el Gobierno ya informó que la medida que los beneficia con un servicio reducido seguirá vigente hasta fin de este mes si no renuevan su crédito.

Las autoridades del Ejecutivo aclararon que las prestadoras se verán obligadas a informar al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) sobre el valor de todos los precios establecidos para las prestaciones mínimas, los cuales serán "justos y razonables" y "dentro de los primeros 15 días corridos" y los costos "deberán ser comunicados a los usuarios a través de las facturas, las páginas web institucionales y todas las redes sociales mediante las cuales se comuniquen con sus clientes y/o publiciten sus servicios". La disposición del Gobierno también establece que los planes de pago para saldar la deuda existente tienen que ofrecer "tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas" y no se podrán aplicar "intereses moratorios, compensatorios, punitorios, ni ninguna otra penalidad".

Por su parte, los clientes que quieran acceder a estos beneficios podrán completar un formulario especial, el cual será brindado en caso de que cumplan con los requisitos o que hayan recibido un aviso de corte. También podrán pedir la ayuda usuarios particulares, quienes tendrán que "acreditar una merma de 50% o más en su capacidad de pago" o ser una asociación civil constituida como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.

En esa línea, el Gobierno advirtió que de no cumplir con la medida, que lleva la firma del presidente del ENACOM, Claudio Ambrosini, y está publicado en el Boletín Oficial, se les aplicarán multas a las empresas prestadoras: "La inobservancia total o parcial de las obligaciones impuestas en la presente norma, será sancionada como una falta grave", afirmaron.

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