En el marco de las medidas económicas que viene impulsado Alberto Fernández para ayudar a familias y empresas que se vieron perjudicadas con la cuarentena establecida para frenar el coronavirus, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), precisó quiénes pueden acceder a los créditos de tasa cero, cómo deben ser gestionados y cuándo se cobran.
En ese sentido, la Resolución General 4707/2020 del organismo informó que los beneficiarios deberán realizar el trámite correspondiente entre el lunes y el 29 de mayo con la clave fiscal a través de la pagina web de la AFIP.
Asimismo, se indicó que será el propio sistema el que indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado. El mismo tendrá un tope de hasta $ 150.000 a devolver en 18 cuotas, con 6 meses de gracia antes de realizar el primer pago.
Las autoridades explicaron que, tras llenar sus datos, el solicitante deberá ingresar el importe del crédito que solicita. En caso de poseer, se deberá ingresar el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria. Si no tiene tarjeta, tendrá que informar a la entidad bancaria la elección para la tramitación del crédito solicitado.

En una etapa posterior, la AFIP informará al Banco Central si el beneficiario podrá recibir el crédito y los importes de las cuotas impositivas y previsionales del Monotributo de los tres períodos fiscales siguientes al otorgamiento, para que se sumen a las tres cuotas que va a acreditar el banco en la tarjeta de crédito. Si el pedido resulta rechazado, el sistema va a indicar los motivos por los cuales se deniega la solicitud del crédito.
Desde la realización del trámite, el beneficio deberá ser acreditado o no en menos de 48 horas. Según dispuso el BCRA, "los créditos deberán ser acreditados por los bancos dos días hábiles después de que el cliente los solicite".

Según los datos oficiales, unas 2,3 millones de personas estarían en condiciones de acceder a estos créditos, entre monotributistas y autónomos. La mayor parte corresponde a las categorías inferiores del monotributo: el 63% corresponde a monotributistas A y B, incluidos quienes percibieron Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) de diez mil pesos.
La escala y montos irá variando y se estableció que los que sean categoría A podrán recibir un monto máximo de $52.184; los categoría B $78.277; a su vez los categoría C podrán obtener un máximo de $104.370 y desde la Categoría D a la K un máximo de $150.000.
Por último, la AFIP remarcó que no podrán acceder al beneficio de créditos a tasa cero quienes tengan un trabajo en relación de dependencia o perciban una jubilación.