En medio de la conmoción por el aumento de casos registrados en Argentina, el presidente Alberto Fernández aseguró que será obligatoria la cuarentena para las personas que viajaron a los países más afectados por el avance de la enfermedad. La medida se hará oficial a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU), que será publicado en el Boletín Oficial en las próximas horas; y quienes no lo cumplan podrían recibir fuertes sanciones.
"No es voluntario, no es una recomendación: deberá hacerlo con las consecuencias que eso supone y si no lo cumple, estará incurriendo en un delito, que es poner en riesgo la salud pública", aseguró el mandatario en diálogo con FM Delta. Pero, ¿cuáles son las penas por incumplir con la cuarentena obligatoria que anunciará el Gobierno?
El artículo 202 del actual Código Penal dispone entre 3 y 15 años de cárcel para aquellas personas que propaguen "una enfermedad peligrosa y contagios". En tanto, el 203 menciona multas de que van de $5.000 a $100.000 cuando la propagación fuera cometida "por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo".
Si las autoridades pudieran corroborar que una persona propagó el virus por la razón que fuere y causara por eso un contagio o hasta la muerte, además "se aplicará prisión de entre seis meses a cinco años", establece la Norma.

Otro de los artículos, más precisamente el 205, destaca que el acusado "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".
En este marco, la recomendación de las autoridades sanitarias es "no viajar a Europa, Estados Unidos, Irán, Japón, China y Corea del Sur" donde hay mayor cantidad de casos de coronavirus. En el caso de hacerlo, en tanto, se deberá cumplir con una cuarentena de 14 días para evitar la propagación del virus. Hasta el momento, en el país se registraron 19 casos de la enfermedad y un paciente fallecido.