martes 21 de abril de 2026

Defensa y acusación pidieron perpetua por homicidio pero con distintos marcos legales

Para la fiscal y las abogadas de la familia de la víctima existió violencia de género. El defensor rechazó esa figura pero compartió el pedido de condena por homicidio agravado por el vínculo.

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En una inusual jornada de alegatos en el fuero Penal de La Plata la fiscal de juicio y las abogadas de la familia de Claudia Salgán, asesinada por su marido Marcelo Núñez en julio de 2015, junto con el defensor Pablo Conti compartieron el pedido de prisión perpetua para el acusado, pero se diferenciaron en el encuadre legal. Para la acusación se trató de un homicidio doblemente agravado por el vínculo y por media violencia de género, es decir, femicidio, pero el defensor (que no discutió la autoría material del caso) alegó para que se deje de lado la agravante de violencia de género, contemplada en el inciso 11 del artículo 80 del Código Penal.

La fiscal de juicio Victoria Huergo expresó en su alegato que la víctima toleró el maltrato intra familiar de su marido porque “no fue formada” en su niñez y juventud “como nosotras lo estamos haciendo con nuestras hijas”, al hacer alusión del cambio de paradigma sobre la visión de la violencia hacia la mujer que desde hace varios años interpela transversalmente a la sociedad argentina.

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Además resaltó que “en la cultura machista cualquier mujer que quiere animarse a un espacio de poder encuentra una nota sobre su cabeza”, en relación a la independencia que quería lograr la víctima con su separación planificada pero que no se consumó porque el acusado, un mes antes del crimen ocurrido el 8 de julio de 2015 en la vivienda familiar de 493 entre 132 y 133, se infartó y la víctima postergó su partida del hogar para cuidarlo.

“Claudia Salgán lo iba a dejar, iba a ser de otro y eso Marcelo Núñez no lo pudo tolerar”, expresó Huergo en uno de los tramos salientes de su puntillosa exposición en la que citó sentencias internacionales para explicar la violencia hacia las mujeres su condición.

A su turno la abogada Sofía Caravelos, experta el delitos contra las mujeres, desplegó conceptos jurídicos, sociales, históricos y antropológicos para explicar por qué el caso debe encuadrarse como “femicidio” y así completó el sólido bloque acusatorio.

Además solicitó a los jueces que fije reglas de conducta al acusado para evitar nuevos hostigamientos a la familia Salgán que radicó denuncias penales por llamados intimidatorios efectuados desde una cárcel y sospechan del acusado.

Claudia y Marcelo estuvieron casado por más de 20 años. En el año 1997 se separaron por un hecho de violencia por a que la mujer fue internada. Ya había nacido Lucas, el hijo mayor. Tres años después volvieron a convivir bajo el mismo techo y tuvieron dos hijos más.

Según el defensor particular, desde aquel incidente de 1997, “del que no se encontraron constancias objetivas, no hubo más casos de violencia física”, alegó.

Además rechazó el sometimiento económico ya que la víctima “tenía una extensión de la tarjeta de crédito” del acusado. Ese dato fue aportado por Lucas Núñez, el hijo mayor del ex matrimonio, quien  aseveró en su declaración testimonial que “en 21 años nunca” hubo casos de violencia entre sus padres.

“No entiendo el esfuerzo de demostrar hechos de violencia que no los presenció nadie, Marcelo colaboró en el desarrollo profesional de Claudia, trabajó para que el gimnasio de ella fuera una realidad”, subrayó el letrado para descartar cualquier tipo de dominación del acusado hacia la víctima.

Luego de desplegar su batería de argumentos y leer un mensaje de Facebook que publicó el hijo mayor de la familia, solicitó que se condene a su asistido por la figura de homicidio agravado por el vínculo, delito que se paga con perpetua. La acusación no replicó ningún punto del alegato de la defensa y el acusado optó por llamarse a silencio en todo el debate.

La estrategia de la defensa apunta a obtener una condena por homicidio calificado por el vínculo, encuadre legal del caso que le permita al acusado, quien confesó el hecho, obtener salidas transitorias o morigeraciones de las condiciones de detención mediante el transcurso del cumplimiento de la pena, circunstancia vedada en caso que la condena sea por femicidio.

La resolución del caso está en manos del Tribunal Oral Criminal (TOC) 1 de La Plata, integrado por Ramiro Fernández Lorenzo, Hernán Decastelli y Cecilia Sanucci.

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