Por medio de una circular interna la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) determinó que aquellos jubilados y jubiladas que perciban al menos dos beneficios previsionales (como jubilación y pensión) se les aplicará un nuevo esquema de cálculo de retención del Impuesto a las Ganancias. Hasta ahora, cada haber se consideraba en forma separada para calcular el impuesto.
De esta forma, si su ingreso total supera en enero los $55.854, es decir los seis ingresos mínimos, el beneficiario o beneficiaria comenzarán a sufrir retenciones mensuales, como sucede con los empleados. Con esta medida, la persona pasará de pagar por cada una de las retribuciones a pagar por CUIL.
El caso se diferencia de las y los trabajadores activos, ya que su piso antes de pagar Ganancias es de alrededor de $38.300. Para las y los jubilados y pensionados es seis veces superior al haber mensual mínimo. Asimismo, en marzo el piso será de $62.462, cuando se aplique la actualización ya prevista.
Este aumento del piso se debe a que los haberes previsionales tendrán un alza nominal de 11,83%, establecida el año pasado.
Un aspecto a tener en cuenta es que este ingreso libre de imposición de los seis haberes mínimos es -según establece la ley- para quienes cumplan con dos requisitos. En primer lugar, no recibir ingresos de otras fuentes (como podría ser un sueldo o un alquiler). Pero además, no estar alcanzado por el impuesto a los Bienes Personales, salvo que esto último ocurra solamente por el inmueble que es usado como vivienda.
Esta medida es válida a partir de los haberes de enero pasado.