En medio del debate del nuevo paquete fiscal incluido en la Ley Bases, la Cámara de Diputados aprobó este martes el establecimiento del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia con 132 votos a favor, 113 en contra y 4 abstenciones.
Se trata del impuesto nacional que recae sobre los haberes o rentas obtenidos durante el año calendario, el mismo que había sido eliminado a fines del año pasado por el ex ministro de Economía, Sergio Massa, eximiendo del pago a más de 800.000 contribuyentes.
Este martes se votó en favor de la restitución de la cuarta categoría de Ganancias. Si bien la aprobación final dependerá del tratamiento en el Senado, desde el Gobierno celebraron la media sanción ya que entienden que es un artículo clave para seguir por la senda del equilibrio fiscal.
Actualmente, para la gran mayoría de los trabajadores rige un sistema por el cual se paga un impuesto "a los mayores ingresos", que alcanza a las remuneraciones que superan los $2.340.000, sin importar si hay o no familiares a su cargo.
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La Cámara de Diputados aprobó la restitución del Impuesto a las Ganancias que había sido eliminado el año pasado.
En cambio, con la restitución del Impuesto a las Ganancias volverían a aplicarse deducciones por cónyuge e hijos y por varios gastos (como los de honorarios médicos o los educativos) que en el esquema vigente no son aplicables.
¿A quiénes alcanzaría el Impuesto a las Ganancias?
Si se avanza con la aprobación en la Cámara Alta, quedarán eximidos del tributo los empleados con un sueldo bruto de hasta $1.800.000, lo que representa una remuneración neta de hasta $1.494.000. Esta sería la base que suele ser llamada como "el mínimo no imponible" para empleados solteros.
A modo de ejemplo, un asalariado que tenga una remuneración bruta de $3.200.000 que no tenga deducciones ni por cónyuge ni por hijos, ni tampoco por gastos como alquiler o servicio doméstico, pagaría un impuesto mensual de $247.564,83, siempre y cuando se apruebe el proyecto en el Senado.
Si se trata de alguien con la misma remuneración bruta pero con dos hijos menores, debería declarar deducciones y entonces el monto sería de $189.796,73 mensuales. En el primer ejemplo, el tributo equivaldría al 7,7% del sueldo bruto, mientras que en el segundo caso el Impuesto a las Ganancias representará el 5,9% del salario.
Cambios en el monotributo
El proyecto de ley sobre medidas fiscales que se aprobó en el Congreso de la Nación también incluyó modificaciones en el monotributo. En primer lugar, el límite de facturación anual para ser monotributista subirá a $68 millones cuando actualmente el tope para estar en el régimen es de $16.957.968,71 en comercio y de $11.916.410,45 en servicios.
Además, se elevan los topes de ingresos permitidos en cada categoría de la tabla, en todos los casos en más de un 200%, y se habilita un incremento en los importes que pagan mensualmente los monotributistas por el impuesto integrado y por los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social.