La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso del gobierno nacional y dejó vigente la cautelar que obliga al Estado a aplicar dos artículos de la Ley de Financiamiento Universitario. La decisión mantiene, en esta etapa del proceso, la actualización de salarios docentes y nodocentes y la recomposición de programas destinados al estudiantado.
La resolución fue firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Los jueces consideraron inadmisible la presentación del Poder Ejecutivo por no existir una sentencia definitiva sobre el fondo del caso, por lo que quedó firme la medida cautelar dictada previamente por instancias inferiores.
La causa se originó a partir de un amparo colectivo impulsado por representantes del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y distintas universidades nacionales. El planteo cuestiona el decreto 759/2025, mediante el cual el Estado había condicionado la aplicación de la Ley 27.795 a la determinación de fuentes específicas de financiamiento.
La resolución fue firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti
¿Qué abarca la Ley de Financiamiento Universitario?
La cautelar ordenó al Gobierno cumplir de manera inmediata con los artículos 5 y 6 de la norma. Esos puntos establecen la actualización de los salarios del personal docente y nodocente de las universidades públicas desde diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley, además de la recomposición de los programas destinados a estudiantes.
La medida no incluyó otros aspectos contemplados en la legislación. Quedaron fuera de la resolución provisoria la recomposición presupuestaria correspondiente a 2024 y 2025 y diferentes partidas vinculadas a programas de asistencia y fortalecimiento universitario.
Los argumentos de la Justicia
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal había sostenido que el Estado no logró desvirtuar los argumentos presentados por las universidades. También remarcó que el Congreso insistió con la sanción de la ley y que el Ejecutivo se apoyaba en una norma de jerarquía inferior para limitar su aplicación.
La firma de Javier Milei que vetó la ley y luego recibió el rechazo en el Congreso
Los jueces advirtieron además que el incumplimiento podía generar un deterioro salarial con impacto sobre el derecho a enseñar y aprender. En ese análisis consideraron que el ahorro fiscal derivado de no ejecutar la norma no representaba una incidencia significativa dentro del presupuesto nacional.
El acuerdo que ya había firmado el Gobierno
Antes de esta decisión judicial, el Poder Ejecutivo había suscripto un acta el 10 de junio de 2026 para transferir fondos destinados a una recomposición salarial del 24,33%, una suba del 20% en gastos de funcionamiento y una ampliación de partidas para hospitales universitarios hasta los 50.000 millones de pesos.
Del acuerdo participaron la Subsecretaría de Políticas Universitarias, el sistema universitario nacional y organizaciones gremiales. También se estableció un incremento del 50% para las Becas Manuela Belgrano y una nueva instancia de negociación paritaria prevista para el 15 de septiembre, cuando las partes volverán a discutir la actualización salarial y la recuperación del poder adquisitivo perdido durante 2024.