La Justicia le puso un freno al intento del gobierno nacional de disolver la Dirección Nacional de Vialidad. La jueza Martina Forns ordenó suspender por seis meses el decreto que dictó Javier Milei el pasado 8 de julio y prohibió cualquier avance en ese sentido.
De todas formas, el Gobierno no tardó en responder y anunció que apelará el fallo. Lo confirmó el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien horas más tarde escribió en su cuenta de X: "El Gobierno apelará la suspensión del decreto que determina la disolución de Vialidad Nacional. Fin".
La resolución fue firmada por la jueza en lo civil, comercial y contencioso administrativo federal de San Martín, en el marco de una medida cautelar que inició el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional Casa Central de la provincia de Buenos Aires (SEVINA).
En el fallo, la magistrada le ordenó al Poder Ejecutivo "abstenerse de ejecutar cualquier acto administrativo, que derive del decreto mencionado, incluyendo reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad".
Forns consideró que se cumplen los dos requisitos para dictar una cautelar: la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora. Entre sus argumentos, la jueza explicó que Vialidad Nacional "es una entidad autárquica de derecho público, con personalidad para actuar privada y públicamente" y cuya existencia está avalada por un decreto de creación y por leyes aprobadas por el Congreso.
Un fallo pone en suspenso el cierre de Vialidad
Además, destacó que los empleados del organismo están regidos por la Ley de Contrato de Trabajo y por el régimen específico de los trabajadores de la Dirección Nacional de Vialidad, lo que, a su entender, fue pasado por alto en el decreto presidencial.
"Tal como lo refiere la actora, toda disposición administrativa que altere o desnaturalice tal garantía convencional que rige esta actividad, constituye una afectación directa al principio de irrenunciabilidad de derechos", remarcó, citando los artículos 12 y 7 de la Ley de Contrato de Trabajo.
En su análisis, también cuestionó el artículo 33 del decreto, que subordina todo movimiento de personal a la Secretaría de Transformación del Estado. "Conlleva la subordinación de las decisiones relativas al personal de la Dirección Nacional de Vialidad a la exclusiva discrecionalidad de dicha Secretaría", afirmó.
"Dicha disposición vulnera de forma manifiesta el principio de estabilidad, así como los derechos laborales y sindicales reconocidos a los trabajadores estatales", agregó la jueza, y subrayó que esto debe discutirse en el marco de las negociaciones colectivas y los regímenes estatutarios.
La magistrada concluyó que la situación genera "un temor a sufrir un daño inminente", y que "la falta de una protección jurisdiccional inmediata ante el riesgo cierto de un daño inminente e irreparable puede derivar en un perjuicio efectivo".