El Gobierno nacional suspendió las retenciones a las exportaciones de acero, aluminio y otros derivados, fijando una alícuota del 0% hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta que los países de destino reduzcan sus aranceles de importación por debajo del 45%, lo que ocurra primero.
La medida fue oficializada mediante el decreto 726, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, y forma parte de una política orientada a estimular las exportaciones industriales y generar condiciones más favorables para el comercio exterior.
Desde el Ejecutivo explicaron que la decisión apunta a fomentar la competitividad de la industria siderúrgica y metalúrgica, uno de los sectores más afectados por las trabas comerciales internacionales. “El objetivo es incentivar las ventas externas y acompañar la reactivación productiva”, indicaron fuentes oficiales.
Además, el decreto instruye a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a confeccionar un listado de los países que aplican aranceles de importación iguales o superiores al 45% sobre estos bienes, así como a actualizarlo cada vez que se produzcan cambios.
Los productos que no serán alcanzados por las retenciones
El beneficio alcanza una amplia gama de productos siderúrgicos y metalúrgicos, entre ellos:
- Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, en caliente o en frío, chapados o sin chapar.
- Laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o inferior a 600 mm.
- Aceros aleados en lingotes o en formas primarias y productos intermedios.
- Tubos y perfiles huecos sin soldadura, de hierro o acero.
- Aluminio en bruto, barras y perfiles.
- Alambres, chapas y tiras de aluminio de distintos espesores.
- Hojas y tiras delgadas de aluminio, incluso impresas o fijadas sobre soportes.
El Gobierno sostuvo que la rebaja arancelaria temporal busca mejorar la inserción internacional de la industria argentina, reducir los costos de exportación y fortalecer la producción nacional frente a los altos gravámenes que imponen algunos mercados internacionales.
La resolución permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta que se formalice una reducción de los aranceles externos que justifique la revisión del beneficio.