sábado 05 de julio de 2025

El Gobierno nacional dejará de intervenir en la oferta y demanda del mercado del gas envasado

Con el nuevo decreto, la regulación estatal se limitará a aspectos de seguridad, eliminando requisitos para ampliar o instalar plantas y otros detalles.

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El Gobierno modificó el marco regulatorio de la industria del gas licuado de petróleo (GLP), también conocido como gas envasado, y dejará de intervenir en cuestiones vinculadas a precios, oferta y demanda. Así lo establece el Decreto 446/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial, que redefine el rol del Estado en el sector.

A partir de ahora, el Gobierno solo se enfocará en la fiscalización del cumplimiento de normas de seguridad, dejando que el funcionamiento del mercado sea el encargado de fijar precios y condiciones de abastecimiento. Según el texto oficial, “el funcionamiento libre y competitivo del mercado constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.

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Uno de los principales cambios es que ya no se requerirán autorizaciones específicas para instalar nuevas plantas o ampliar las existentes. Solo será necesario cumplir con los requisitos de seguridad establecidos en la ley 26.020 y su reglamentación.

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El Gobierno oficializó su retiro del control del gas envasado.

El Gobierno oficializó su retiro del control del gas envasado.

La Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Economía, asumirá la función de autoridad de aplicación, y se encargará exclusivamente de verificar documentación, realizar inspecciones y controlar las condiciones de las plantas para "resguardar la salud pública". Cualquier observación deberá ser comunicada dentro de un plazo de diez días hábiles, y si no hay respuesta oficial, se considerará aprobada por "silencio positivo".

Con la nueva normativa, los fraccionadores podrán envasar GLP de cualquier productor, comercializador o importador. También podrán hacerlo para más de una marca o leyenda, con acuerdos bilaterales entre empresas.

Además, todos los actores de la cadena -fraccionadores, distribuidores y comercializadores- estarán obligados a recibir envases, tanto propios como de terceros. Cada garrafa deberá tener una etiqueta que indique la planta en la que fue envasada. También se habilita la formación de un "parque de envases de uso común", mediante el aporte voluntario de envases registrados por las distintas firmas fraccionadoras.

Otro punto clave del decreto es que se libera la importación de gas licuado sin necesidad de una autorización previa, siempre que se cumpla con la normativa vigente. En el caso de la exportación, esta también será libre, aunque supeditada a que primero se garantice el abastecimiento interno.

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