El Gobierno reglamentó este martes la desregulación del transporte automotor de larga y media distancia. Según se indicó, la medida busca que las empresas del sector tengan menos restricciones para establecer precios, modificar o discontinuar rutas que no sean rentables, pero también permitir que cualquier persona que tenga un vehículo con verificación técnica vehicular (VTV) al día y seguro pueda brindar servicios de transporte.
La medida fue oficializada en el Boletín Oficial, mediante la Resolución Nº 57/2024, impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, a cargo de Franco Mogetta; y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que comanda el platense Federico Sturzenegger.
"Se moderniza un régimen de más de 30 años de antigüedad con un sistema cerrado, permisos rígidos y burocracia excesiva, pasando a un sistema simple, declarativo, gratuito, digital y que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes", aseguraron en la cartera conducida por Mogetta.
Según se indicó, los transportistas deberán registrarse de manera online y gratuita mediante la plataforma web Trámites a Distancia, donde deberán brindar la información relevante y actualizada de los servicios. El trámite, que estará disponible a partir este 11 de diciembre, es obligatorio para la prestación de servicios de transporte automotor de pasajeros y tendrá carácter de Declaración Jurada (DDJJ). El correo electrónico registrado será al que llegarán las notificaciones pertinentes durante el proceso.
"A quienes tengan vehículos grandes o pequeños (con seguro y revisión vehicular aprobada), los invitamos a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros", sostuvo Sturzenegger al anunciar la medida en su cuenta de X y añadió: "El Decreto N° 883/24 había liberado el tránsito interjurisdiccional así como el de las conexiones aeroportuarias, dando libertad absoluta para operar, elegir vehículos, horarios y recorridos". "La Resolución 57/24 de hoy (...) establece el procedimiento para que cualquier interesado en proveer el servicio pueda hacerlo, dando sentido práctico a la desregulación que habíamos establecido con el Decreto N° 883/24. Simplemente informan a través de un trámite remoto vehículos, choferes y los recorridos que planifican hacer. Pueden cambiar esta información cuando quieran y las veces que quieran. ¡Y listo! ¡A rodar!", cerró el funcionario.
¿Qué cambia con la desregulación del Gobierno?
A partir de esta reglamentación las empresas de media y larga distancia podrán establecer libremente recorridos, itinerarios, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios, logrando -según prevé el Ejecutivo- una mayor oferta y competencia de precios. Antes de esta desregulación una modificación en cualquier parámetro operativo (recorridos, paradas, frecuencias, etc) tardaba entre 6 meses a un año como mínimo.
La disposición, según consta en la Norma, también anticipa que se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP).
Terminal de colectivos (7).jpg
Los interesados deberán completar el formulario de transportistas empresas, DDJJ Nómina de Parque Móvil, DDJJ Nómina de conductores, título de propiedad o contrato de leasing de los vehículos y pólizas de seguros, entre otros datos de interés. Una vez registrados se emitirá el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de 5 días hábiles y podrán acceder a la inscripción de los servicios a prestar. Aquellos que ya estén dando servicios, en tanto, podrán continuar operando y tendrán un plazo de hasta sesenta días corridos para declarar en el RNTAP los servicios a realizar de acuerdo a la metodología aprobada.