jueves 26 de septiembre de 2024

De jueces con toga y martillo al prohibido usar la palabra "gratis": las perlitas de la Ley Ómnibus de Javier Milei

La Ley Ómnibus, compuesta por 644 artículos, trae reformas tan profundas como curiosas sobre múltiples aspectos. Peajes inteligentes, juicios por jurados y más.

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La Ley de Bases y Puntos para la Libertad de los Argentinos de Partida para la Libertad de los argentinos, más conocida como "Ley Ómnibus", tiene 644 artículos que proponen modificaciones y propuestas de leyes que deberán ser tratadas durante los próximos días en el Congreso de la Nación. Toca temas que van desde lo legal o ilegal hasta la reforma educativa pasando por un cambio rotundo del sistema electoral.

Entre la enorme cantidad de definiciones, se encuentran algunas que llamaron particularmente la atención por lo insólita de las mismas. Algunas de ellas son la propuesta de que los jueces usen toga y martillo durante los juicios, que todos los peajes se automaticen y que no haya barreras o que se prohíba que el Estado promocione servicios de manera "gratuita".

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Es una tarea imposible poder conocer todos los cambios en pocas horas, sin la ayuda de la inteligencia artificial al menos, ya que las propuestas son variadas y profundas. Yendo al caso del Poder Judicial, el Ejecutivo propone promover el juicio por jurados, hasta la mencionada disposición de cómo deben vestir los jueces.

En el artículo 52 del proyecto referido a las "facultades del juez técnico", establece que "el debate será dirigido por el juez que resulte designado, quien ejercerá todas las facultades de dirección, policía y disciplina del Código Procesal Penal Federal”. Además, aclara que "el juez o jueza vestirá toga negra y usará un martillo para abrir y cerrar las sesiones o cuando resuelva una incidencia".

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La Ley Ómnibus propone jueces con toga y martillo, tal como se ve en las películas de Hollywood.

La Ley Ómnibus propone jueces con toga y martillo, tal como se ve en las películas de Hollywood.

Además, indica que "el jurado estará integrado en todos los casos por doce miembros titulares y, como mínimo, por dos suplentes y será dirigido por un juez", mientras que "el panel de jurados titulares y suplentes deberá estar obligatoriamente integrado por mujeres y hombres en partes iguales, quienes deberán residir en la circunscripción judicial donde se produjo el hecho"

Dentro de las modificaciones a la Ley de Tránsito (Ley N° 24.449), figura la aplicación del artículo 49 bis, para que no se utilicen peajes con barreras en ninguna ruta del país. "En todas las rutas del país los peajes deben ser de la modalidad de peajes inteligentes que no obstaculizan el tránsito vehicular. El Poder Ejecutivo determinará los plazos para la entrada en vigor del presente artículo. El presente artículo deberá ser implementado antes del 31 de diciembre de 2025", se lee.

La finalidad de ello es, en primera instancia, agilizar el cobro de los peajes y evitar congestiones en las rutas, algo frecuente en las vías más transitadas o en las épocas con más movimiento como ocurre durante el verano. Resta conocer qué pasaría con los trabajadores del sector que quedarían sin trabajo.

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Otra curiosa solicitud es la reforma en la publicidad estatal. El proyecto de ley dedicado al régimen de transparencia fiscal al consumidor, incorpora el artículo 209 el cual busca advertir al usuario de prestaciones o servicios públicos que no son gratis, sino pagados con sus impuestos.

"En la publicidad de las prestaciones o servicios de cualquier tipo en los niveles nacional, provincial, municipal y de la ciudad Autónoma de Buenos Aires que sean de libre acceso o atención por parte de los ciudadanos no podrá utilizarse la palabra “gratuito” o similares debiéndose aclarar que se trata de una prestación o servicio de libre acceso solventado con los tributos de los contribuyentes", explica el escrito.

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