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¿Cómo funcionará el Fondo de cese laboral?: la alternativa a las indemnizaciones convencionales

Con la reglamentación de la reforma laboral entra en vigencia la posibilidad de adherir al Fondo de cese laboral, que reemplaza a las indemnizaciones actuales.

El vínculo entre los trabajadores y las empresas cambiará a partir de la entrada en vigencia de la reforma laboral planteada por la Ley Bases y reglamentada en las últimas horas. Uno de los puntos más sensibles es el Fondo de cese laboral, que modifica el sistema de indemnizaciones por despido vigente hasta hoy.

En las consideraciones de la resolución dada a conocer este jueves en el Boletín Oficial, se informa que "es necesario reglamentar el Sistema de Cese Laboral como régimen alternativo acordado en el marco de las Convenciones Colectivas de Trabajo que le brinda a los empleadores y a los trabajadores la posibilidad de sustituir las indemnizaciones correspondientes".

En ese punto, el artículo 96 de la Ley Bases plantea la creación de un sistema indemnizatorio distinto en el cual “mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir la indemnización prevista en el artículo 245 de la ley 20.744 por un fondo o sistema de cese laboral conforme los parámetros que disponga el Poder Ejecutivo nacional".

"Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme artículo 241 de la ley 20.744. En todos los casos, las empresas podrán auto-asegurarse en el sistema que se defina”, especifica el artículo.

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El Fondo de Cese laboral puede aplicarse en todas las ramas laborales del sector privado en Argentina.

La clave de este cambio es que se trata de un sistema optativo que se pacta entre empresarios y sindicalistas, en los convenios colectivos de trabajo, y, aún así, es de adhesión voluntaria, por lo que permite que los trabajadores no lo acepten y se mantengandentro del régimen indemnizatorio vigente.

¿Cómo funcionará el Fondo de cese laboral?

Al referirse al Fondo de cese laboral, el ministro de desregulación del Estado, Federico Sturzenegger, afirmó que “la reglamentación es totalmente libre” y que solamente incluye “una serie de pautas, pero a modo de sugerencias”.

Una de las formas de aplicación es el sistema de pago individual, en el cual la empresa sigue pagando las indemnizaciones como se hace actualmente, pero lo único que hace el sistema de cese es definir qué es un despido correcto, con causa o sin causa, es decir, define los parámetros de la relación laboral.

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La reglamentación permite tres tipos de implementación del Fondo de cese laboral.

Otra posibilidad es el Fondo de Cese Laboral como el de la UOCRA, donde el aporte a una cuenta individual puede ser del empresario o del trabajador, o puede ser un fondo de cese solidario.

La tercera opción es un esquema con compañías de seguro, también individual o solidario. “Está abierto a lo que las dos partes puedan inventar -resaltó Sturzenegger-. Pero si hay plata involucrada será a través de algunos instrumentos que definió el Banco Central. La idea es que el sistema por crearse no pueda tocar la plata. Hay libertad absoluta, pero con estas restricciones para asegurarnos de que lo acordado sea en beneficio de las empresas y de los trabajadores”.

¿Cómo se calcula el fondo de cese laboral?

El DNU no instrumenta ninguna manera de calcular el fondo de cese laboral. Será un monto que se acumulará todos los meses y por lo tanto al ser despedido el trabajador accedería a lo consignado en esa cuenta a modo de indemnización.

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Lo único que indica es que a ese fondo de cese laboral aportará el empleador todos los meses en los que dure el vínculo laboral registrado, y el monto del aporte será como máximo el 8% de la remuneración computable del empleado. Es decir, todos aquellos componentes de la compensación que no sean remunerativos no serán tenidos en cuenta para el cálculo del fondo de cese laboral.

En el modelo de la UOCRA, el empleador aporta el 12% del salario más los adicionales acordados en paritarias durante el primer año del vínculo laboral, y luego de eso el aporte pasa a ser del 8%.

Es decir, para calcular el monto que una persona se llevará como concepto de fondo de cese de relación laboral se deberá conocer:

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Finalmente, vale la pena recordar que el DNU también habilita a negociar entre las partes una suma para una supuesta de desvinculación por mutuo acuerdo.

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