ver más

Un detenido por el caso de la mafia china en La Plata tendrá una nueva chance de recuperar su libertad

La Sala III rechazó el cese de la detención, pero ordenó al juez analizar la excarcelación extraordinaria de Raúl Duarte García, tal como pidió su defensa.

La Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata ordenó al juez de Garantías N° 6 dictar una nueva resolución sobre la libertad de Raúl Duarte García, detenido en la causa por la presunta mafia china. El tribunal deberá analizar específicamente la excarcelación extraordinaria prevista en el artículo 170 del Código Procesal Penal.

La Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías de La Plata resolvió parcialmente a favor de Raúl Duarte García, uno de los detenidos en la investigación por la presunta organización criminal vinculada a la mafia china en la ciudad. El fallo no dispuso su liberación, pero ordenó que el juzgado de origen vuelva a analizar el pedido de excarcelación desde una perspectiva que, según la defensa, había sido omitida.

La presentación había sido realizada por los abogados particulares Agostina Balastegui y Andrés Noetzly, quienes cuestionaron las decisiones del Juzgado de Garantías N° 6 que habían rechazado tanto el pedido de excarcelación como el planteo de cese de la detención.

En su resolución del 15 de septiembre, los jueces Fernando Mateos y Juan Benavides rechazaron el recurso relacionado con el cese de la detención y confirmaron la resolución del 25 de agosto. Sin embargo, hicieron lugar parcialmente a la apelación contra la negativa a la excarcelación y reenviaron las actuaciones al juzgado de origen.

La Justicia ordenó volver a analizar el pedido de libertad de un detenido en la causa por la presunta mafia china

¿Qué deberá analizar ahora el juez de Garantías?

El punto central del fallo de la justicia está relacionado con el artículo 170 del Código Procesal Penal bonaerense, que contempla la denominada excarcelación extraordinaria. La defensa había planteado expresamente esa alternativa en su pedido de libertad, pero el juez de primera instancia había limitado su análisis a las hipótesis de excarcelación ordinaria previstas en el artículo 169.

"En lo demás, cierto es que los letrados sustentaron el pedido de libertad caucionada también desde la perspectiva del art. 170 del ceremonial", señala la resolución de Cámara. Los jueces entendieron que el planteo de los abogados no había recibido un tratamiento específico y que correspondía garantizar una nueva instancia para que fuera analizado.

Por ese motivo, la Cámara ordenó que el Juzgado de Garantías N° 6 dicte "un nuevo pronunciamiento desde la perspectiva del art. 170 del CPP". Es decir, el tribunal de alzada no concedió la libertad de Duarte, sino que dispuso que el juez vuelva a resolver teniendo en cuenta el planteo de excarcelación extraordinaria formulado por la defensa.

La defensa había sostenido que el término "extraordinario" debía interpretarse como una vía disponible cuando no resultara procedente la excarcelación ordinaria, y no como un estándar de cumplimiento prácticamente imposible. También había señalado que existían medidas menos lesivas que la prisión preventiva, como una excarcelación con caución, un arresto domiciliario o la utilización de dispositivos de rastreo.

El detenido permanece privado de su libertad mientras la Justicia define si corresponde una excarcelación extraordinaria

La Cámara mantuvo la detención de Duarte

Más allá de la decisión sobre el artículo 170, los camaristas mantuvieron vigente la detención de Duarte. En relación con el planteo de cese de la medida de coerción, consideraron que en esta etapa inicial de la investigación persisten los elementos que sustentaron la imputación y los riesgos procesales considerados al momento de ordenar su detención.

La resolución menciona pericias realizadas sobre teléfonos secuestrados a Ke Deqiang, alias "Matías", señalado en el expediente como presunto líder de la organización. Según el análisis citado por la Cámara, esos elementos mostrarían preliminarmente un vínculo entre Deqiang y Duarte relacionado con distintas gestiones, entre ellas mantenimiento de vehículos, diligencias contables, pagos de honorarios, trámites ante AFIP y alquileres. También se señala que Duarte habría alertado a Deqiang sobre presencia policial y circunstancias vinculadas a los negocios investigados.

Para la Cámara, esos elementos alcanzan por ahora el nivel de conocimiento requerido para sostener la detención, aunque aclaró que la investigación puede aportar —o no— nueva información a medida que avance. El tribunal explicó que el estándar inicial para ordenar una detención se satisface con una "mínima sospecha razonada".

Los jueces también diferenciaron el pedido de cese de la detención de la revisión de la orden original. Según explicaron, para que prospere el cese previsto en el artículo 146 del Código Procesal Penal deben acreditarse circunstancias nuevas que demuestren una variación, atenuación o desaparición de los motivos que justificaron la medida cautelar.

El planteo de la defensa en La Plata

Balastegui y Noetzly habían cuestionado que las resoluciones anteriores utilizaran fundamentos generales vinculados con la investigación sin individualizar suficientemente la situación de Duarte. Entre otros elementos, remarcaron que vive junto a su pareja y sus tres hijas, dos de ellas menores, en una vivienda precaria ubicada sobre un terreno fiscal censado en el Registro Nacional de Barrios Populares.

Los abogados también señalaron que Duarte es paraguayo, que no posee vehículos ni ingresos registrados y que históricamente se sostuvo mediante changas no registradas. Además, sostuvieron que no existía hasta ese momento un elemento específico que lo vinculara con una actividad ilícita y que el propio imputado había entregado el patrón de desbloqueo de su teléfono para acelerar las pericias.

La defensa había pedido que se revocaran las decisiones anteriores y que se concediera la libertad de Duarte mediante una excarcelación extraordinaria. La Cámara no hizo lugar directamente a ese pedido, pero sí consideró que el planteo basado en el artículo 170 había quedado sin respuesta y que esa omisión debía ser subsanada.

Ahora, el expediente regresará al Juzgado de Garantías N° 6, que deberá emitir una nueva resolución específicamente sobre la procedencia de la excarcelación extraordinaria. La decisión de la Cámara, por lo tanto, no implica la libertad inmediata de Duarte, pero obliga al juez de primera instancia a pronunciarse sobre una alternativa de libertad que había sido planteada por sus defensores y que no había sido analizada en la resolución anterior.

Te puede interesar

En Vivo
Video