La Municipalidad de La Plata adhirió por ordenanza a la Ley Nº 14.893 de la provincia de Buenos Aires, que estableció la "Licencia para mujeres víctimas de violencia" para todas las trabajadoras de la administración pública, un derecho con el que ahora contarán también las empleadas municipales y del Concejo Deliberante local.
La adhesión a la norma provincial se realizó a través de la ordenanza 12.628 aprobada por el Concejo y promulgada el último lunes. La reglamentación de la ley -el decreto 121/20- establece una licencia especial de "hasta 35 días por año calendario, continuos o alternados" para las trabajadoras que sufran violencia, así como el acompañamiento del Estado.
Al hablar en el recinto, la concejala de Unión por la Patria (UxP), Ona Parrilli, agradeció el acompañamiento de todos los bloques y aseguró que es una herramienta más para las trabajadoras platenses. "La violencia de género existe y por eso esta es una herramienta más para las trabajadoras municipales que atraviesen estas situaciones presentando la certificación, la denuncia correspondiente", señaló y agregó que el organismo en el que trabajen deberá "arbitrar los medios la institución para hacer el seguimiento y acompañamiento de la persona"
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El Concejo Deliberante de La Plata aprobó la adhesión a la Ley que fija una licencia especial para las trabajadoras del Estado.
Foto: AGLP
Su par, la edil Cintia Mansilla, coincidió con ella, aseguró que la licencia "es central" y añadió "muchas mujeres estaban esperando contar esta adhesión". También aclaró que ahora resta la reglamentación.
¿Qué dice la ley sobre la violencia de género?
La norma provincial define a la violencia contra las mujeres como "toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal". En ese marco, la licencia especial "podrá ser solicitada por las trabajadoras a través de cualquier medio, contando con un plazo de cinco (5) días hábiles desde la solicitud para acompañar la constancia de haber realizado la correspondiente denuncia, debiendo el organismo empleador preservar el derecho a la intimidad de la víctima".
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La licencia no afecta la remuneración de las mujeres que la soliciten.
También se fija que "la autoridad administrativa del lugar en el que preste servicios la víctima, dispondrá medidas y acciones para el acompañamiento, seguimiento, información y abordaje integral a través de los organismos competentes dentro de su estructura orgánica y funcional".
El uso de la "Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia" no afectará la remuneración que corresponda abonar a la trabajadora ni eliminará ni compensará aquellas otras licencias a las que la misma tenga derecho a usufructuar según la legislación vigente.