Un duro pedido de condena recayó sobre Eduardo Gastón Maffuche, alias “Chispa”, declarado culpable de abandono de persona seguido de muere y lesiones y homicidio culposo, tras el incendio en el que murieron su pareja, Mariela Vanesa Cajal, y su hijo. La decisión en el juicio por jurado desarrollado en La Plata fue unánime.
El juicio oral finalizó en la madrugada del 22 de febrero pasado con un veredicto categórico. Luego de escuchar los alegatos finales y analizar las pruebas presentadas, los doce jurados deliberaron y alcanzaron una decisión unánime que condena a Maffuche por haber provocado el incendio en el que murieron Cajal y su hijo.
En el inicio del juicio el acusado enfrentaba cargos por los delitos de "homicidio doblemente agravado por el vínculo y por la utilización de un medio idóneo para crear un peligro en común" en perjuicio de su pareja, "homicidio agravado por la utilización de un medio idóneo para crear un peligro en común" en perjuicio de Brian Natanael Aranda (hijo de su pareja) y "tentativa de homicidio doblemente agravado por la utilización de un medio idóneo para crear un peligro común y alevosía", contra los tres hijos menores de la mujer fallecida. La pena en expectativa era de prisión perpetua, pero ese escenario finalmente no se dio.
El jurado ciudadano lo declaró culpable, pero de otros delitos: abandono de persona seguida de muerte por Mariela, homicidio culposo por Brian y abandono de persona seguido de un grave daño a la salud, por los tres chicos. La deliberación llevó varias horas y la audiencia terminó a las 2.45 de aquel sábado caluroso.
sala de audiencias tribunales (3).jpg
Este jueves 13 de marzo se realizó la audiencia de cesura del debate. El fiscal Lucas Domsky solicitó una condena de 20 años de prisión por los delitos de “Abandono de persona seguido de muerte en concurso ideal con abandono de persona seguido de un grave daño en la salud que concursa realmente con el delito de homicidio culposo”.
Por su parte la defensora oficial Gladys López planteó varios atenuantes de la pena. También reiteró que se envíen copias a la fiscalía de turno y la grabación de la declaración de Santiago Aranda para que se investigue un delito de acción pública que surgiría de la misma, que puede una falsificación de instrumento público dado que no reconoció su firma o un falso testimonio en contra del imputado.
Lucas Domski.jpg
Lucas Domsky, fiscal de juicio de La Plata, en plena acción durante un debate de jurado ciudadano.
En otro pasaje la destacada defensora planteó una serie de nulidades. Desde la interrupción de la grabación del debate que es obligatoria hasta la posibilidad dada al jurado a expedirse sobre un delito que nunca se debatió. “En los casi cinco años y durante el debate en ningún momento se le informó que se lo acusaba de abandono de persona por lo cual el no pudo defenderse al respecto, ni presentar prueba”, señalaron fuentes judiciales.
Sobre el final de su exposición la defensora solicitó una condena por el mínimo de la pena, es decir, cinco años de prisión. El acusado lleva ese tiempo detenido y, en caso de prosperar el planteo de la defensa, recuperará la libertad en el marco de este expediente-
En los próximos días el juez Emir Alfredo Caputo Tártara, del Tribunal Oral Criminal IV de la capital provincial, dará a conocer la resolución. La sentencia será recurrida por la defensa ante la Casación provincial para llevar sus quejas. Para esa parte se trató de un incendio accidental.
Gladys López 1.jpg
Gladys López, defensora oficial de La Plata, especialista en juicio por jurado popular.
¿Qué es un juicio por jurado?
El juicio por jurado es un proceso judicial en el que un grupo de ciudadanos comunes, seleccionados al azar, decide sobre la culpabilidad o inocencia de una persona acusada de un delito grave. El mecanismo está basado en el principio de participación ciudadana en la administración de justicia y busca garantizar una decisión imparcial y representativa de la sociedad.
En ese marco, tiene cuatro características principales:
Composición: en Argentina, el jurado está compuesto por 12 personas titulares y suplentes, quienes no deben tener conocimientos jurídicos previos.
Delitos juzgados: se utiliza para delitos graves (penas mayores a 15 años de prisión), como homicidios o abusos sexuales.
Decisión: el veredicto debe ser unánime en casos de culpabilidad o inocencia. Si no se logra unanimidad tras varias deliberaciones, se puede declarar jurado estancado y realizar un nuevo juicio.
Juez Emir Alfredo Caputo Tártara.jpg
Emir Alfredo Caputo Tártara, juez técnico del debate oral.
AGLP
Papel del juez
Aunque el jurado decide la culpabilidad, el juez técnico es quien dicta la sentencia y determina la pena.
En el país este sistema está regulado en varias provincias -como Buenos Aires, Neuquén y Mendoza- bajo la Constitución Nacional, que lo establece en el Artículo N° 118; y su objetivo del juicio por jurado es hacer más transparente la Justicia y acercarla a la sociedad, evitando que solo jueces profesionales tomen decisiones en casos de alto impacto.