domingo 07 de septiembre de 2025

¿Cuáles son los 23 cargos que se eligen en La Plata y quiénes pueden votar?

Este domingo se realizarán las elecciones legislativas en los 135 municipios de la Provincia de Buenos Aires. Se elegirán distintos candidatos en cada sección.

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Este domingo se realizarán las elecciones legislativas en los 135 municipios de la Provincia de Buenos Aires. Los ciudadanos de La Plata eligen diputados provinciales, concejales y consejeros escolares. Además del voto obligatorio para mayores de 18 y menores de 70 años y también pueden participar extranjeros con residencia permanente en el distrito.

La elección será con boleta partidaria en papel, tanto para cargos provinciales como municipales.

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¿Qué cargos se eligen en La Plata?

En las elecciones del 7 de septiembre de 2025, los habitantes de La Plata, pertenecientes a la Octava Sección electoral bonaerense, votarán para renovar los siguientes cargos:

  • Diputados y diputadas provinciales: seis titulares y cuatro suplentes.
  • Concejales municipales: doce representantes del Concejo Deliberante platense.
  • Consejeros y consejeras escolares: cinco integrantes del Consejo Escolar del municipio.

Debido a que se desdoblaron los comicios, esta vez no se eligen cargos nacionales, los cuales se votarán en las elecciones previstas para el 26 de octubre.

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En La Plata se eligen diputados provinciales, concejales y consejeros escolares

En La Plata se eligen diputados provinciales, concejales y consejeros escolares

¿Cómo se vota en estas elecciones?

El sistema es el tradicional de boleta partidaria en papel, que incluye dos cuerpos: uno para cargos provinciales y otro para municipales. Así, los electores tienen las siguientes opciones:

  • Votar una lista completa.
  • Cortar boleta y elegir candidatos de distintos partidos por categoría.
  • votar en blanco en una o las dos categorías.
Cuarto oscuro
El cuarto oscuro en una de las mesas de votación de una elección anterior

El cuarto oscuro en una de las mesas de votación de una elección anterior

¿Quiénes pueden y deben votar?

Están habilitados a votar:

  • Personas que tengan 16 años o más al día de la elección.
  • Extranjeros con residencia permanente en la Provincia de Buenos Aires e inscripción en el padrón de electores extranjeros de La Plata.

Es obligatorio el voto para:

  • Ciudadanos argentinos de entre 18 y 70 años.

Es optativo para:

  • Menores de 18 y mayores de 70 años.
  • Extranjeros empadronados.
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Los menores de 18 y mayores de 70 tienen el voto optativo, al igual que los extranjeros empadronados

Los menores de 18 y mayores de 70 tienen el voto optativo, al igual que los extranjeros empadronados

¿Qué pasa si no voto?

Quienes están dentro del rango obligatorio para emitir el voto y se ausentan sin una justificación válida, quedarán registrados como infractores y, de manera automática, podrían recibir una multa económica que en caso de no pagar, no les permitirá votar en las siguientes elecciones.

También podrían tener restricciones para realizar trámites en organismos públicos por cierto período de tiempo, por lo que se recomienda estar preparados o conseguir los justificativos pertinentes.

Se puede justificar las ausencia en los siguientes casos:

  • Estar a más de 500 km del lugar de votación.
  • Tener un problema de salud (con certificado).
  • Presentar una causa de fuerza mayor comprobable

Para consultar dónde se vota

En eleccionesbonaerenses.gba.gob.ar se puede consultar el lugar de votación, número de mesa y orden.

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