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Lolo Regueiro: la pulseada en Tribunales que definió dónde se hará el juicio por la represión en el Bosque

La causa por la muerte de Lolo Regueiro atravesó una dura disputa entre fueros. Qué resolvió la Cámara y por qué cambió el escenario judicial.

Por Martín Soler Redactor Judiciales

La causa por la muerte de César Lolo Regueiro en las adyacencias del Estadio del Bosque atravesó una compleja disputa judicial que terminó definiendo el escenario donde se desarrollará el juicio oral al expresidente de Gimnasia, Gabriel Pellegrino y los jefes policiales Sebastián Perea y Juan Manuel Gorbarán.

Según se desprende de la resolución judicial a la que accedió 0221.com.ar, el debate se realizará finalmente en el fuero Correccional y no en un Tribunal Oral Criminal. Este nuevo cuadro es un alivio para los acusados, pero todavía no está dicha la última palabra, ya que resta aun que se desarrolle el juicio oral donde pueden surgir novedades que nuevamente cambien el rumbo del proceso.

La discusión no fue menor: detrás del conflicto de competencia entre un Tribunal Oral Criminal y un Juzgado Correccional se escondía un debate mucho más profundo sobre la gravedad de los hechos ocurridos el 6 de octubre de 2022 en el Bosque y el alcance de las responsabilidades penales de los acusados.

La resolución final quedó en manos de la Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata, integrada por los camaristas Pablo Gamboa y Miriam Ermili. El tribunal terminó confirmando que el juicio se realizará en el ámbito criminal, luego de rechazar un recurso impulsado por la defensa de Pellegrino. Sin embargo, para llegar a esa definición hubo meses de planteos cruzados, interpretaciones opuestas y fuertes discusiones jurídicas.

El origen del conflicto: culposo o doloso

La discusión comenzó a tomar forma cuando el expediente avanzaba hacia la etapa de juicio oral. Originalmente, la investigación había sido elevada bajo figuras culposas, particularmente el delito de “estrago culposo calificado por causar la muerte de una persona”, una figura cuya pena encuadra dentro de la competencia correccional.

Gabriel Pellegrino Gimnasia

La defensa del expresidente Tripero, Gabriel Pellegrino, logró mantener la causa en el fuero Correccional.

Con esa calificación llegaron imputados Pellegrino, Sebastián Perea y Juan Manuel Gorbarán. En paralelo, el policía Fernando Falcón quedó acusado por lesiones leves calificadas por abuso funcional.

La acusación sostenía que hubo graves irregularidades en el operativo de seguridad desplegado durante el partido entre Gimnasia y Boca, disputado el 6 de octubre de 2022 en el estadio del Bosque. Según la investigación, el manejo de accesos, el desborde de público y la posterior represión policial derivaron en el caos que terminó con la muerte de Regueiro.

Sin embargo, durante el avance del expediente comenzó a instalarse otra hipótesis más grave: la posibilidad de que los hechos pudieran encuadrarse como un delito doloso eventual. Es decir, que los responsables hubieran podido representarse el resultado fatal y aun así continuar con sus acciones. Esa interpretación fue sostenida por la familia Regueiro, constituida como particular damnificado con la asistencia del abogado Marcelo Peña, y acompañada por la fiscalía de juicio.

Perea y Gorbarán

Los jefes policiales Sebastián Perea y Juan Manuel Gorbarán también serán juzgados en el fuero Correccional.

La intervención del Tribunal Oral y la reacción del juez Correccional

Cuando el expediente llegó al Tribunal Oral en lo Criminal V de La Plata, los jueces resolvieron declinar su competencia. Consideraron que la calificación legal vigente seguía siendo culposa y, por lo tanto, correspondía que el caso fuera juzgado por un Juzgado Correccional. La decisión implicaba devolver el expediente al Juzgado Correccional N° 2. Pero allí apareció el primer gran contrapunto.

Tatarsky rechazó asumir la competencia y sostuvo que carecía de sentido realizar un juicio correccional cuando ya existía la posibilidad concreta de que durante el debate oral surgiera una figura dolosa más grave. Según argumentó, eso podía derivar en una nueva declaración de incompetencia en plena etapa de juicio y generar demoras que incluso pusieran en riesgo la vigencia de la acción penal.

pata medina albarracín

El abogado César Albarracín encabeza la defensa del extitular de GELP, Gabriel Pellegrino.

El magistrado remarcó además que la fiscalía de juicio había manifestado expresamente la posibilidad de ampliar la acusación hacia una figura dolosa, en consonancia con la postura del particular damnificado.

Para el juez, enviar la causa nuevamente al ámbito correccional implicaba un desgaste procesal innecesario y podía terminar afectando el desarrollo del proceso.

El planteo de Pellegrino y la batalla en Cámara

En ese contexto, la defensa de Gabriel Pellegrino, encabezada por el abogado César Albarracín, apeló la decisión. Su objetivo era que el expediente quedara definitivamente radicado en el fuero correccional.

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El planteo sostuvo que la acusación original siempre había sido culposa y que nunca existió una ampliación formal de cargos hacia una figura dolosa. Según la defensa, llevar la causa a un Tribunal Oral Criminal vulneraba la garantía del juez natural y colocaba a los imputados frente a una hipótesis acusatoria que nunca habían podido discutir formalmente.

La discusión llegó a la Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata

Allí, el camarista Pablo Gamboa realizó un extenso análisis jurídico del expediente y reconstruyó todo el recorrido procesal de la causa. En su resolución recordó que desde la etapa de instrucción la fiscalía había sostenido una imputación culposa y que esa acusación fue la que superó todas las instancias de control judicial.

Gamboa remarcó que los acusados fueron indagados, intimados y elevados a juicio bajo esa figura y que nunca existió una acusación alternativa formalmente incorporada por el Ministerio Público Fiscal.

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Incluso citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, particularmente el antecedente “Polak”, para advertir sobre los riesgos de modificar intempestivamente la acusación y alterar las reglas del proceso en perjuicio de los imputados.

El punto clave: la acusación no podía ampliarse anticipadamente

Uno de los aspectos centrales de la resolución fue el análisis sobre la posibilidad de ampliar la acusación.

Gamboa sostuvo que el Código Procesal Penal bonaerense solo admite modificaciones de la acusación durante el debate oral ante circunstancias nuevas surgidas en el juicio o con acuerdo de las partes.

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Según explicó, no podían utilizarse “nuevas valoraciones” sobre hechos ya conocidos para justificar anticipadamente un cambio de competencia y un agravamiento de la imputación.

El camarista también enfatizó que en la provincia de Buenos Aires el particular damnificado no puede sostener autónomamente una acusación más grave si el Ministerio Público Fiscal no la impulsa formalmente.

En ese sentido, recordó que la fiscalía de instrucción había descartado expresamente la hipótesis dolosa desde las primeras etapas de la investigación y que el expediente llegó elevado a juicio exclusivamente bajo figuras culposas.

Para Gamboa, modificar el escenario procesal en ese contexto implicaba afectar el derecho de defensa de los imputados y alterar las reglas de juzgamiento previstas por la ley.

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La resolución final y el escenario hacia el juicio

Con esta decisión, el expediente quedó definitivamente radicado en el Juzgado Correccional N° 2 de La Plata, donde deberá desarrollarse el juicio oral.

Así quedó consolidado el camino hacia un juicio oral donde serán juzgados Pellegrino, los jefes policiales Perea y Gorbarán, y el policía Fernando falcón por la agresión a un camarógrafo del canal TyC Sports. En cambio, el extitular de Aprevide, Eduardo Aparicio, quedó fuera del proceso tras ser sobreseído luego de un planteo de su defensor, Juan Di Nardo.

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El caso reconstruye los hechos ocurridos durante la represión policial en las inmediaciones del estadio de Gimnasia el 6 de octubre de 2022. Aquella noche, Regueiro, socio vitalicio del club y reconocido hincha tripero, sufrió una descompensación en medio del caos generado por los gases lacrimógenos y falleció horas más tarde en el Hospital San Martín.

Tres años después, el expediente sigue atravesado por discusiones técnicas y procesales, pero ya con una certeza: el debate oral finalmente se hará y será un Juzgado Correccional el encargado de determinar si la tragedia del Bosque fue producto de negligencias culposas o si existieron responsabilidades penales más graves detrás de la muerte de “Lolo” Regueiro.

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