El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que debe anularse el sobreseimiento de Juan Pablo "Pata" Medina y continuar la investigación por presuntas extorsiones a empresarios de la construcción. Según el dictamen, no se comprobó un complot en su contra, y la reunión de funcionarios y agentes de la exAFI en 2017 "no constituyó una maniobra ilegal".
Casal determinó que el fallo que sobreseyó a Medina y su hijo fue "arbitrario y prematuro", al considerar que no se probó la existencia de un plan ilegal para incriminar al gremialista. La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal había confirmado el sobreseimiento con los votos de Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, y la disidencia de Guillermo Yacobucci.
El origen de la llamada "Gestapo" antisindical proviene de una frase del exministro de Trabajo bonaerense Marcelo Villegas, quien expresó en esa reunión: “Créeme que si pudiera tener una Gestapo para terminar con todos los gremios lo haría”.
Mesa Judicial Gestapo
La causa Gestapo inició cuando trascendió una reunión del entonces ministro de Trabajo de María Eugenia Vidal, Marcelo Villegas, junto a empresarios de la construcción
La causa contra el Pata Medina y su entorno
El sindicalista fue detenido en 2017 y procesado por asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión, con un embargo de $200 millones. En 2020 obtuvo la prisión domiciliaria, pero al violar las condiciones de su excarcelación fue detenido nuevamente.
Con el correr del tiempo, la causa fue declarada nula porque los jueces del Tribunal Oral Federal 2 de La Plata que sobreseyeron a Medina y dijeron que hubo contactos entre el juez federal Luis Armella y agentes de la AFI en momentos en que se tomaron decisiones clave en la causa contra el gremialista.
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El procurador Eduardo Casal dictaminó ahora que debe anularse el sobreseimiento por extorsión contra el Pata Medina
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó, por mayoría con los votos de Alejandro Slokar y Angela Ledesma, con la disidencia de Guillermo Yacobucci el sobreseimiento dictado por el tribunal oral que benefició a Juan Pablo Medina y a su hijo Cristián Isidoro Jesús Medina, entre otros gremialistas. Se basaron en que Armela perdió su imparcialidad, peor no hablaron de la supuesta ilegalidad de la prueba obtenida.
Los jueces de Casación valoraron reuniones y comunicaciones que habrían mantenido funcionarios del Gobierno de Vidal y agentes de la AFI con el juez e incluso con su secretario. Contra ese fallo, el fiscal Raúl Pleé planteó un recurso extraordinario que fue rechazado por lo que fue en queja ante la Corte.
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Juan Pablo "Pata Medina, en tiempos que comandaba la UCORA de La Plata y la región
Ahora, antes de decidir, la Corte dio vista del caso al Procurador Casal que dictaminó que la “la declaración de nulidad de la causa y el sobreseimiento de los imputados es arbitraria, por prematura”. Según su criterio, no se probó el supuesto complot contra Medina por parte del Gobierno provincial, la AFI y un juez.
En ese otro expediente, la cámara sostuvo que existían bastantes indicios para sospechar que varios individuos vinculados al sindicato de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA), seccional La Plata, serían responsables de constantes acciones intimidatorias contra empresarios de la construcción.