El Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Bahía Blanca ordenó suspender los aumentos de las tarifas de la luz y retrotraer los valores al cuadro tarifario anterior. La medida alcanza a las distribuidoras EDELAP, EDES, EDEA y EDEN, que deberán abstenerse de aplicar incrementos si antes no realizan audiencias públicas para discutir esas subas.
La decisión se da en el marco de la presentación realizada por la Defensoría del Pueblo bonaerense, que reclamó la realización de encuentros en los que las compañías dejen en claro a qué responde cada incremento y en los que, además, los usuarios puedan presentar sus objeciones.
El fallo también contempla qué ocurrirá con quienes ya pagaron facturas calculadas con los nuevos valores. En esos casos, las empresas deberán reconocer las diferencias cobradas y computar esas sumas como saldo a favor de cada usuario, que deberá verse reflejado en la próxima factura correspondiente al servicio eléctrico.
La Justicia dio marcha atrás con los aumentos de la luz
La Justicia exige audiencias previas
El defensor del Pueblo, Guido Lorenzino, cuestionó la aplicación de los incrementos sin una instancia previa de participación. "Las empresas distribuidoras no pueden trasladar aumentos a las familias sin cumplir con la obligación legal de informar y debatir previamente con la sociedad", sostuvo tras conocerse la decisión judicial.
La medida apunta a resguardar los derechos económicos de los consumidores y garantizar el acceso a información adecuada antes de modificar los cuadros tarifarios. Además, obliga a realizar audiencias públicas como instancia previa para discutir nuevos valores, por lo que las distribuidoras alcanzadas deberán cumplir ese procedimiento antes de avanzar con otros incrementos.